Preguntas Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo
Permiso que autoriza la habilitación de recintos para que empresas fabriles o industriales, que producen bienes destinados a la exportación, ingresen insumos extranjeros que vayan a ser transformados, armados, integrados, elaborados o sometidos a otros procesos de terminación. La resolución que habilita a una determinada industria o fábrica para la Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo tiene una vigencia de 5 años, prorrogables.
Empresas nacionales refinadoras de minerales y petróleo y empresas fabriles o industriales que producen bienes destinados a la exportación.
En oficina, diríjase a la Dirección Nacional de Aduanas, Subdepartamento Normas Especiales, Condell N° 1530, Valparaíso.
El resultado del trámite es una resolución concediendo lo solicitado, y el oficio comunicando denegación de lo solicitado.
La materialización del beneficio se concreta desde e instante mismo en que la resolución es firmada por delegación por el Subdirector Técnico y notificada al interesado y las distintas reparticiones del Servicio y Agente de Aduana interviniente. Desde este momento el concesionario se encuentra habilitado para iniciar los trámites legales aduaneros para proceder al ingreso de los insumos autorizados a la industria o fábrica para su proceso y posterior exportación de los productos resultantes del proceso.