Fax Circular N° 92403
Precisa instrucciones respecto desgravación arancelaria para ciertos productos negociados en el TLC CH-EE.UU. de América.
MAT.: Precisa instrucciones respecto a negociación de lista de productos de aceleración de la desgravación arancelaria entre Chile y EE.UU. de América.
DE: SUBDIRECTOR TECNICO
A : SRES DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA
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1.- Comunico a ustedes que mediante Oficio del antecedente de la DIRECON, se ha puesto en conocimiento de esta Dirección Nacional que los Gobiernos de Chile y Estados Unidos han negociado un paquete de bienes cuyos aranceles serán reducidos a cero a partir del 01.01.2009.
2.- Considerando que hasta la fecha aún se encuentra en trámite el Decreto que autoriza esta desgravación, se ha estimado necesario impartir las siguientes instrucciones:
2.1 A partir del 01.01.09 las correspondientes declaraciones de ingreso que amparen mercancías con preferencias arancelarias de los productos negociados en el Acuerdo Chile- EE.UU, corresponderán a las dispuestas en la programación normal vigente a esa fecha.
2.2 Aquellas Declaraciones de Ingreso tramitadas a partir de la misma fecha, y hasta la publicación del Decreto, que amparen mercancías favorecidas con la aceleración de la desgravación, deberán tramitar una SMDA ante la respectiva Aduana, a objeto de modificar la base de datos del sistema computacional Sicoweb, como asimismo, solicitar la respectiva devolución de los derechos aduaneros cancelados en exceso.
Lo que comunico a ustedes para vuestro conocimiento y aplicación.
Saluda atentamente a ustedes,
VICTOR VALENZUELA MILLÁN
SUBDIRECTOR TÉCNICO
VVM/ATR/EVO/GMA