Resolución Exenta N° 4727

Establece a la Aduana de Antofagasta para la puesta en marcha del sistema TIF/DTA.

VISTOS:

El Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT), promulgado por Decreto N° 257 de fecha 05.03.1991, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Los artículos 5, 35 y siguientes, 71, 75 y 76 de la Ordenanza de Aduanas, y la Resolución Nº 4.113 del 02.07.1997, sobre la aplicación del "Conocimiento-Carta de Porte Internacional/Declaración de Transito Aduanero" (TIF/DTA)", en el transporte internacional de carga por vía ferroviaria.


CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el inciso tercero del artículo 71 de la Ordenanza de Aduanas y el artículo 11 del Decreto (H) 1.015, publicado en el Diario Oficial de 11 de febrero de 1995, en el proceso de formalización de los manifiestos de carga internacional, el Servicio Nacional de Aduanas, si fuese el caso, realizará las operaciones de recepción, verificación, y marcaje para revisión aforo a través de la utilización del sistema de transmisión electrónica de datos, de los manifiestos presentados por los agentes de carga a través de la misma vía.

Que el Servicio Nacional de Aduanas ha concluido el proceso de desarrollo y pruebas del sistema de envío de TIF/DTA vía electrónica (sistema SIFER y SMS), el cual se encuentra disponible en la página Web del Servicio.


TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el artículo 4° números 7 y 8 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas y en la Resolución Nº 1.600/08 de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, dicto la siguiente:


RESOLUCIÓN


I. ESTABLECESE la Aduana de Antofagasta como participante en la marcha blanca del envío de los "Conocimiento-Carta de Porte Internacional/Declaración de Tránsito Aduanero" (TIF/DTA)" de exportación del país vía electrónica por parte de las empresas de transporte ferroviario.

El período de marcha blanca será de tres semanas a contar del martes 05 de octubre del presente año, y en dicho período las empresas que tramitan TIF/DTA de exportación ante Aduana de Antofagasta deberán realizarlo paralelamente de manera manual y electrónica.


II. DEFINASE como puesta en marcha el envío vía electrónica de los TIF/DTA que amparan carga de exportación el martes 26 de octubre del presente año. Por lo que a contar de dicha fecha las empresas que presenten dicha documentación ante el Servicio utilizarán el sistema electrónico para su envío, y sólo a manera de contingencia se aceptarán los trámites manuales.


III. Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en el sitio Web del Servicio.

 

 

 
GONZALO SEPULVEDA CAMPOS
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

 

 

 

GFA/FCC/EVO/PSS