Resolución Exenta N° 2252

Cita audiencia procedimiento concurso agentes de aduana

RESOLUCIÓN EXENTA Nº 2.252

VALPARAÍSO, 06 de mayo de 2011

VISTOS:   Lo dispuesto en la Resolución N° 5912/26.11.10, de la Subdirección de Fiscalización; el Informe Reservado N° 7/12.04.11, de la Comisión Auditora del Departamento de Auditoría Interna; lo informado mediante Oficio Ordinario N° 7439/04.05.11 de la Subdirección Jurídica y lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado;  y

 CONSIDERANDO:   Que, a través de Resolución Exenta N°5912/26.11.10, de la Subdirección de Fiscalización, se convocó a concurso para proveer un máximo de 29 vacantes para Agentes de Aduana y se aprobaron sus bases.

 Que, mediante Informe Res. N° 7/12.04.11, la Comisión Auditora del Departamento de Auditoría Interna, puso en conocimiento los hallazgos de la revisión efectuada al citado proceso de selección, recomendando se elevaran sus resultados a la Subdirección Jurídica, para que ésta se pronunciara si aquéllos ameritaban dejar sin efecto el referido certamen.

 Que, la Subdirección Jurídica, por Oficio Ordinario N° 7439/04.05.11, concluyó que el concurso convocado para proveer vacantes de Agentes de Aduana, se encuentra afectado por un vicio de legalidad que hace procedente su invalidación parcial, atendido que el principio de legalidad que debe regir en todas las actuaciones de los entes públicos, exige se actúe bajo investidura previa y regular de sus integrantes,  dentro de la esfera de sus atribuciones y en la forma prescrita por la ley, lo que no ocurrió en la especie.

 Que, consta que el proceso de evaluación del examen de conocimientos del citado concurso, no se realizó sujetándose a las formalidades prescritas por la ley, a saber, en el Artículo 196 de la Ordenanza de Aduanas;  esto es, por el órgano designado por el Director Nacional mediante Resolución N° 6267/13.12.10, sino que por un cuerpo colegiado de hecho, cuya actuación, por tanto, devino en un acto nulo de pleno derecho.

 Que, en efecto, la citada resolución designó nominativamente a los señores Francisco Rivera Cortés, Domingo Herrera Succo, Germán Fibla Acevedo y Gastón Fernández Schiaffino, como integrantes de la Comisión Calificadora del concurso, comisión que sin embargo no realizó la evaluación de dicho certamen.

 Que, por tanto, procede invalidar el examen de conocimientos del concurso convocado para proveer vacantes para Agentes de Aduana y retrotraer el mismo al estado de rendirse nuevo examen por los postulantes que fueron seleccionados para ello, conforme a las bases.

 Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley N°19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado, la autoridad administrativa puede, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia de los interesados, y

 TENIENDO PRESENTE:                  Lo dispuesto en la Resolución Nº 1.600/08, de la Contraloría General de la República, sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y lo dispuesto en el artículo 4° N° 24 del Decreto con Fuerza de Ley N° 329/79 del Ministerio de Hacienda, ley orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N:

 1.-   CÍTASE A AUDIENCIA para el día 19 de Mayo de 2011, a las 11:00 horas, en las dependencias de la Subdirección Jurídica, ubicadas en Plaza Sotomayor N° 60, 4° piso, Valparaíso, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley N° 19.880, a todos los postulantes del concurso convocado mediante Resolución Exenta N° 5912/26.11.10, de la Subdirección de Fiscalización, para designar Agentes de Aduana.

 Los interesados podrán, si lo estiman, presentar sus alegaciones u observaciones por escrito, el día señalado para la audiencia.

 2.-  NOTÍFIQUESE por carta certificada la presente Resolución a todos los postulantes, la que se entenderá practicada al tercer día de despachada la carta certificada.

 3.       DELÉGASE en el Subdirector Jurídico, la facultad de practicar la audiencia de los postulantes, para lo cual deberá designar a un abogado de la citada Subdirección para que actúe como ministro de fe.

 4.      PASAN a formar parte de esta Resolución los siguientes documentos: 

  • - Resolución N° 5912 de 26.11.10, de la Subdirección de Fiscalización.
  • - Resolución N° 6267 de 13.12.10, de la Dirección Nacional de Aduanas.
  • - Informe Reservado N° 7/12.04.11, de la Comisión Auditora del Departamento de Auditoría Interna, Dirección Nacional de Aduanas.
  • - Oficio Ordinario N° 7439/04.05.11 de la Subdirección Jurídica.

   ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO.

  

JUAN ARAYA ALLENDE

                        DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS (T y P)

 

RGH/PMS/PGSch/PMH