Aerolíneas deben informar a Aduanas listas de pasajeros y tripulantes

Medida comenzará a regir en 90 días, tras haber sido publicada en el Diario Oficial.

Viernes 30 de noviembre de 2018

Este viernes se publicó en el Diario Oficial la modificación al Compendio de Normas Aduaneras para hacer exigible la presentación de la lista de pasajeros y tripulantes –o manifiesto de pasajeros- a todas las aerolíneas, para aquellos vuelos internacionales que arriben a Chile ya sea para desembarcar o en tránsito.

La Resolución N°4.290 del 8 de noviembre ratifica, en virtud de las diversas potestades aduaneras respecto de las mercancías y personas, lo estipulado en los artículos 34 y 35 de la Ordenanza de Aduanas respecto a que cuando ingresa un vehículo al país el conductor o su representante debe informar la nómina de todos sus ocupantes, lo que incluye a las líneas aéreas.

De esta forma, en 90 días corridos más esta exigencia comenzará a regir en todo el país para las empresas de aviación comercial, especialmente en el Aeropuerto Internacional de Santiago, para lo que Aduana Regional Metropolitana comenzará a impartir instrucciones y los procedimientos correspondientes. Las Aduanas del resto de Chile que también reciben vuelos desde el extranjero se regirán por estos mismos procedimientos.

La presentación de la lista o manifiesto ante Aduanas deberá hacerse antes de que los pasajeros y tripulantes abandonen la aeronave, la cual podría efectusarse a futuro incluso via electronica.

La aplicación de esta normativa aduanera se enmarca en el roles de protección de las fronteras y la ciudadanía que ejerce el Servicio Nacional de Aduanas en cada control fronterizo aéreo, marítimo o terrestre, a lo largo de todo el país.

Ver Resolución N° 4.290