Comentarios Recibidos

Separación de Contenedor de la Mercancía

Comentario #1

Carlos Russell Gal
Supervisor de Documentación C&D
Departamento Central Contenedores y Documentación
Ultramar Agencia Marítima Ltda.


En consideración que el proyecto Manifiesto Electrónico ya está reglamentado y en operación, creemos seria apropiado agregar en esta publicación “donde sea necesario”, escritura referente a esta normativa, por ej:
 
2.2.2    Una vez embarcada la carga, el naviero deberá presentar a la Aduana chilena respectiva el manifiesto electrónico de salida que ampara todas las mercancías embarcadas en ese puerto, el que será numerado por dicha Aduana. La Aduana deberá entregar el Encabezado del Manifiesto y la información correspondiente a los conocimientos de embarque de carga boliviana a la Agencia Aduanera boliviana.

 Respuesta

En relación a su comentario, en cuanto a agregar el término “ electrónico “ en el manifiesto de salida, debo señalar a usted que la normativa al utilizar el concepto “manifiesto” , dice relación con que este sea presentado, ya sea en forma manual o electrónico, por lo tanto se ha estimado necesario mantener lo propuesto, en orden a no diferenciar la forma de presentación del manifiesto de salida

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