¿Cuáles son los impuestos adicionales vigentes a las bebidas alcohólicas y no alcohólicas?

Las bebidas alcohólicas y no alcohólicas pagan, además del derecho ad valorem e IVA, los siguientes impuestos adicionales, según producto:

PRODUCTO  IMPUESTO
 Aguas minerales, bebidas artificales y jarabes 10 %
 Vinos, champaña, sidra y cervezas 20,5 %
 Licores, piscos, whisky, aguardientes y destilados, incluidos los vinos licorosas o aromatizados similares al vermouth. 31,5 %

En el caso que las especies señaladas en esta letra presenten la composición nutricional de elevado contenido de azúcares a que se refiere el artículo 5° de la ley N° 20.606, la que para estos efectos se considerará existente cuando tengan más de 15 gramos (g) por cada 240 mililitros (ml) o porción equivalente, la tasa será del 18%.

La base impositiva sobre la cual se calcula el impuesto adicional es el valor CIF (equivale a la suma del valor de tu producto en el país de origen, más el costo por flete y seguros involucrados para su transporte al punto de destino) + derechos aduaneros.

EJEMPLO DE CÁLCULO

Importación de whisky

  • Valor CIF : US $1.000,00
  • Derecho ad valorem (6% sobre el valor CIF): US $ 60,00
  • Impuesto adicional (31,5% sobre US $1060,00) : US $ 333,9
  • IVA (19% sobre US$ 1060) : US $ 201,40

TOTAL IMPUESTOS A PAGAR US $ 595,3

(derecho ad valorem + IVA + impuesto adicional)