RESOLUCION 1860
16.03.2012
VISTOS :
La petición del señor Erwin Wagner Kopp, de fecha 27.02.2012, mediante la cual solicita se autorice el ingreso al país de un vehículo automóvil Chevrolet, Año 1970, Modelo Corvette , de acuerdo a lo dispuesto en Informe Jurídico N° 29, de fecha 29.12.2011, de esta Dirección Nacional de Aduanas.
CONSIDERANDO :
Que, por Informe Jurídico N° 29 de 29.12.2011, se concluye que los vehículos usados, reconocidos como antiguos, históricos o de colección por resolución del Director Nacional de Aduanas, constituyen vehículos de uso especial para efectos de la aplicación del inciso 2 del artículo 21, de la ley N° 18.483, estando en consecuencia, exceptuados de la prohibición de importación que la misma norma establece, en los términos expresados en el presente Informe.
El Informe Técnico N° 02/2012, de fecha 13.02.2012, emitido por el Club de Autos Antiguos y Clásicos de La Araucanía, certifica que el automóvil Chevrolet, año 1970, Modelo Corvette C3 (tercera generación), Chasis 194670S406851, N° Motor Chevrolet T0306CZU70S406851, Convertible, corresponde a un auto denominado antiguo, clásico o de colección.
La Resolución Exenta N° 2381 de 20.08.2010, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, mediante la cual se designa como entidad autorizada para efectuar la labor de inspección e informe a que se refiere el artículo 219 del D.F.L. N° 1 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito N° 18.290, a Club de Autos Antiguos y Clásicos de La Araucanía, RUT N° 65.005.379-6
El Oficio Ordinario N° 3439, de fecha 08.03.2012, de la Subdirección Técnica, mediante el cual se solicita información sobre el lugar donde se encuentra depositado el vehículo.
El correo electrónico de fecha 09.03.2012, en el que se indica que el vehículo se encuentra físicamente en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, lugar en el cual con fecha Julio del 2011, se efectúo la revisión del vehículo por el señor Ignacio Antoine, miembro del Club de Automóviles Antiguos y Clásicos de la Araucanía, quien procedió a certificar su revisión mediante Informe Técnico N° 02/2012.
TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto en el número 7 del artículo 4º del D.F.L. Nº 329 DE 1979, sobre Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente,
R E S O L U C I O N :
1. AUTORIZASE la importación como vehículo antiguo, históricos o de colección a la siguiente mercancía:
Tipo de vehículo : Automóvil
Marca : Chevrolet
Año de fabricación : 1970
Tipo/Modelo/Serie : Corvette C3 (tercera generación)
N° chasis/VIN/bastidor/serie : 194670S406851
N° motor : T0306CZU70S406851
Tipo carrocería : Convertible
N° de asientos : 2
N° de puertas : 2
Colores : Marrón
Largo/ancho/alto (cm.) : 464 / 175 / 122
Distancia entre ejes (cm.) : 249
Combustible : Gasolina
N° cilindros : 8
Cilindrada (cm3) : 7440
Diámetro/carrera (en mm) : 107,95 / 95,5
2. El ingreso al país de la mercancía, deberá ser efectuado mediante los servicios de un Agente de Aduana, quien además de cumplir con la normativa aduanera de ingreso de mercancías usadas al país, debiendo presentar conjuntamente- a la documentación exigida para su ingreso, copia de Informe Técnico N° 02 de fecha 13.02.2012 y de la presente Resolución.
3. La Aduana de ingreso deberá adoptar las medidas necesarias para el debido resguardo del interés fiscal.
ANOTESE Y COMUNIQUESE.
RODRIGO GONZALEZ HOLMES
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS ( S )