Resolución Exenta N° 4939
Aprueba Manual de Agenda Normativa.
VISTOS: La Ley N° 20.285 publicada en el Diario Oficial el 20.08.2008, que regula el principio de transparencia de la función pública y el derecho de acceso a la información de los órganos del Estado. El Servicio Nacional de Aduanas como un ente integrante de la Administración Pública del Estado, debe velar que en sus actuaciones se cumplan a cabalidad los principios de Transparencia y Participación de los usuarios internos y externos, que son uno de los pilares fundamentales en el accionar del aparato estatal.
CONSIDERANDO: Que para el cumplimiento de los principios citados en los Vistos, es menester contar con una herramienta de carácter permanente, que denominamos como AGENDA NORMATIVA, que tenga por finalidad la generación de normativa mediante propuestas recabadas de los actores externos e internos del comercio internacional.
Que este procedimiento de generación de normativa debe ser un instrumento que recoja en forma anual las propuestas de los actores del comercio internacional que tengan por objeto proponer, mejorar, actualizar y crear nuevas normas que faciliten y simplifiquen la operatoria del comercio internacional.
Que, el desarrollo y cumplimiento de la AGENDA NORMATIVA, es una prioridad para el Servicio y en tal sentido lo involucra y compromete en su integridad para gestionar el logro de todas las medidas evaluadas para su concreción.
Que, para el éxito de este compromiso público, se hace necesario dictar un procedimiento y una metodología para que sirva de guía al desarrollo de esta Agenda Anual, de tal forma que los integrantes de los equipos técnicos que la conformar, cuenten con un texto que les sirva de apoyo para el logro de los objetivos propuestos.
TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto en los números 7° y 8° del artículo 4° del D.F.L. N° 329, de 1979 , del Ministerio de Hacienda y la facultad contenida en el artículo 1° del D.L. N° 2554/79, dicto la siguiente:
RESOLUCION:
1. APRUEBASE el Manual de Procedimiento Agenda Normativa, contenido en el documento que se adjunta a esta Resolución.
2. Estas normas tendrán aplicación inmediata a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE EN EL DIARIO OFICIAL Y EN LA WEB DEL SERVICIO.
SERGIO MUJICA MONTES
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS
GFA/EVO/JTC
Texto de la resolución que antecede y del respectivo manual, se encuentra disponible a continuación en archivo descargable pdf.