Resolución Exenta N° 8872

Modifica Cap. III y Anexo 18 del Compendio de Normas Aduaneras

VISTOS: El Compendio de Normas Aduaneras puesto en vigencia por la Resolución N° 1300/06.

La Resolución N° 9445 del 29.12.08 que modificó las instrucciones de llenado de la DIN, establecidas en el Anexo 18 del Compendio de Normas Aduaneras, respecto a los datos del recuadro Gastos hasta FOB.

 

CONSIDERANDO: Que, en la referida Resolución N° 9445/08, se estableció que cuando se trate de una operación con cláusula Ex Fábrica (EXW), y a falta de información sobre gastos documentados sobre costos efectivos a FOB, se debe aplicar un 4,79%, al Valor Ex Fábrica (EXW) en operaciones marítimas y un 0,5% en vía terrestre para conformar el Valor FOB, es decir, siempre se debe señalar información en este recuadro.

Que, no obstante lo anterior en las instrucciones para la confección de la DIN establecidas en el párrafo quinto del numeral 9.12 del Capítulo III, no se incorporó esta modificación.

Que, por lo tanto, se hace necesario concordar ambas instrucciones.

Que, asimismo en los despachos vía aérea, se debe señalar el mismo porcentaje de 4,79%, al valor Ex Fábrica, cuando no se cuente con la información sobre gastos documentados sobre costos efectivos a FOB, y

 

TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto en los números 7 y 8 del artículo 4 del DFL N° 329 de 1979, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente:

 

RESOLUCION:

 

I.- MODIFICASE el Compendio de Normas Aduaneras de acuerdo a las siguientes instrucciones:

 

1.-  CAPITULO III

 

1.1 SUSTITUYASE el párrafo quinto  del numeral 9.12  por el que se señala a continuación:

“Tratándose de la declaración de ingreso con cláusula  Ex Fábrica (EXW), los datos correspondientes al "Valor Ex Fábrica" y "Gastos hasta FOB" deberán ser consignados en la declaración, de acuerdo a la información consignada en los documentos de base. A falta de esta información documentada, se considerará, que el resultado de aplicar un 4,79%, al valor Ex Fábrica, en operaciones vía marítima y aérea, y un 0,5 % en vía terrestre son cifras objetivas y cuantificables, válidas para conformar el valor FOB”.

 

2.-  ANEXO 18

 

2.1 SUSTITUYASE el segundo párrafo del numeral 10.8,  por el que se señala a continuación:

”En cláusula Ex Fábrica (EXW) a falta de información sobre gastos reales documentados sobre costos efectivos a FOB, se considerará, que el resultado de aplicar un 4,79% al valor EXW, en operaciones vía marítima y aérea, y un 0,5% en vía terrestre son cifras objetivas cuantificables, válidas para conformar el valor FOB”.

 

II.- Como consecuencia de las modificaciones señaladas,  SUSTITUYANSE  las  Hojas CAP-III- 22  y ANEXO 18-12, por la que se adjuntan a esta Resolución.

 

III.- La presente resolución empezará a regir a contar del día de la publicación en el Diario Oficial.

 

ANOTESE,  COMUNIQUESE  Y  PUBLIQUESE  EL TEXTO  COMPLETO  EN  LA PAGINA WEB DEL SERVICIO Y EN EL DIARIO OFICIAL.

 

KARL DIETERT REYES

DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

 

GFA/EVO/PSS/GMA

 

Texto completo de la resolución que antecede y sus respectivas hojas de recambio, se encuentran disponibles a continuación en archivo descargable pdf.

 

 

 

 

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