VALORACION:Resolucion n°367
RECLAMO Nº 86 DEL 21.04.2004 ADUANA METROPOLITANA.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Estos antecedentes y la Resolución Nº 000.143 del 14.05.2004, fallo en primera instancia, que modificó el valor aduanero declarado en D.I. Nº 2240010661-8, del 02.03.2004, suscrita por el Agente de Aduanas, señor Ramón Quevedo R., en representación de los Sres. C. EQUIP. MED. BIOSCIENCE CHILE LTDA., por cuanto se suscribió erróneamente US$ 8.080.00 FOB , debiendo decir US$ 6.051.00, toda vez la Factura del proveedor de fs.2 consigna el precio en Dólares Canadá;
Que, el análisis de los antecedentes adjuntos al expediente permiten a este Tribunal confirmar lo resuelto en primera instancia y aceptar las alegaciones del recurrente, y
TENIENDO PRESENTE:
Los Artículos 116º y siguientes de la Ordenanza de Aduanas y las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:
1.- CONFIRMESE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS