VALORACION:Resolucion n°367

RECLAMO Nº 86 DEL 21.04.2004   ADUANA METROPOLITANA.

 

VISTOS Y CONSIDERANDO:

 

Estos antecedentes y la Resolución Nº 000.143 del 14.05.2004, fallo en primera instancia, que modificó el valor aduanero declarado en D.I. Nº 2240010661-8, del 02.03.2004, suscrita por el Agente de Aduanas, señor Ramón Quevedo R., en representación de los Sres. C. EQUIP. MED. BIOSCIENCE CHILE LTDA., por cuanto se suscribió erróneamente US$ 8.080.00 FOB , debiendo decir US$ 6.051.00, toda vez la Factura del proveedor de fs.2 consigna el precio en Dólares Canadá;

 

Que, el análisis de los antecedentes adjuntos al expediente permiten a este Tribunal confirmar lo resuelto en primera instancia y aceptar las alegaciones del recurrente, y

 

TENIENDO PRESENTE:

 

Los Artículos 116º y siguientes de la Ordenanza de Aduanas y las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:

 

 

RESOLUCIÓN:

 

1.- CONFIRMESE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

 

 

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS