VALORACION:Resolución n°27

RECLAMO Nº 046/23.03.00 ADUANA LOS ANDES

VISTOS:
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El Reclamo Nº 046/23.03.2000 (fs. 1), deducido en contra del Cargo N 920.001/11.01.2000, por haberse considerado por parte del Fiscalizador interviniente que la mercancía importada en el Item N 2: caja para medición de potencial eran usadas, correspondiente a la D.I. N 3150013384-0/23.12.1999 (fs. 2 y 3).

 

CONSIDERANDO:
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Que, la Resolución Nº 1735/24.05.2000, fallo en primera instancia, deja sin efecto el Cargo reclamado, por no tratarse de mercancía usada, decisión que este Tribunal aprueba;

 

TENIENDO PRESENTE:
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Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN:
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CONFIRMA EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS