VALORACION : RESOLUCION Nº 23

RECLAMO Nº 713 / 20.04.2006

ADUANA DE IQUIQUE.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, en Reclamo N° 713 del 20.04.2006, de la Aduana de Iquique, se observa que en los “vistos” de Sentencia de Segunda Instancia, Resolución N° 420 del 04.12.2006 se suscribió indebidamente Cargo N° 86 del 21.04.2005, en circunstancias que correspondía señalar Cargo N° 677 del 14.02.2006, lo que es correcto y necesario complementar;

Que, el Cargo enunciado es ajeno a este Juicio de Reclamo, lo que corresponde corregir en esta Instancia.

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Capítulo VIII del Manual de Procedimiento Operativo y las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979;

Dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN:

1º.- Compleméntese la Resolución N° 420 / 04.12.2006 de este Tribunal, y modifíquese VISTOS:

DONDE DICE: Cargo N° 86 del 21.04.2005;

DEBE DECIR: Cargo N° 677 del 14.02.2006.

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS