Oficio Circular Nº 201

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA
0201 OFICIO CIRCULAR N° 201
MAT: Modifica Oficio Circular N°953 de 22.10.99.
Dirección Nacional de Aduanas.

VALPARAÍSO, 15.07.2003.


DE: SUBDIRECTOR TÉCNICO - DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS
A: SRES. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANAS

1. En relación al oficio circular N° 953/99, que establece la obligatoriedad de extraer muestras a todas las importaciones de azúcar blanca a nuestro país, se modifica en lo que se indica a continuación.

2. Se deja sin efecto los puntos 1 y 2 del oficio señalado.

3. El procedimiento de muestreo de las importaciones de Azúcares Blancos a nuestro país, quedará sujeto a los sistemas generales de selección. En consecuencia, sólo cuando el sistema determine aforo físico se procederá a sacar muestras, de acuerdo a pautas señaladas en los numerales 3 y 4, del oficio circular N° 953/22.10.99, las cuales deberán ser enviadas de inmediato al Laboratorio Químico de Aduanas, para su análisis.

4 Las muestras remitidas al Laboratorio Químico serán analizadas conforme a o establecido en la Norma Chilena NCh 1242.Of95 y conforme a los métodos señalados en las Normas Chilenas NCh.7 1243/1.OF97 a NCh1243/6.Of.97.

Saluda atentamente a Ud.,

GERMAN FIBLA ACEVEDO
SUBDIRECTOR TÉCNICO (S)
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS.