Oficio Circular N° 271 - 26.08.2020
OFICIO CIRCULAR N°271 de fecha 26.08.2020.
De : Jefe Departamento Regímenes Especiales (S)
A : Sres(as) Directores(as) Regionales y Administradores(as) de Aduana
Mat.: Se Comunica Impuestos o Créditos Fiscales Ley No 18.502 y N° 20.765.
Conforme a lo señalado en la Ley N° 20.765 del 09.07.2014, comunico a usted los Impuestos o Créditos Fiscales correspondientes a los combustibles derivados del petróleo, a que se refieren las leyes 18.502 y 20.765, de conformidad al Decreto de precios de referencia respectivo, del Ministerio de Energía y de Hacienda, según lo informado por el Servicio de Impuestos Internos en virtud de lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley 20.765, y el Decreto N° 262 Exento, de fecha 24.08.2020 (D.O. 26.08.2020) del Ministerio de Hacienda.
Vigencia a contar del día Jueves 27.08.2020 al Miércoles 02.09.2020.
Saluda atentamente a Ud.
Patricia Soto Sepúlveda
Jefe (S) Depto. Regímenes Especiales
Nota:
1.- Los impuestos o créditos fiscales señalados son obtenidos desde el Diario Oficial y corresponden al período del día Jueves 27.08.2020 al Miércoles 02.09.2020., de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley N° 20.765 del 2014.
2.- Para la aplicación del impuesto específico o crédito fiscal se deberá tener presente lo instruido mediante Oficio Circular N° 61 de fecha 22.02.2011.
WCF/wcf.
26.08.2020
C.C. Aduanas Arica/Punta Arenas
Subdirección Informática
Cámara Aduanera de Chile A.G
Anagena
SSD 26343