Oficio Circular N° 291 - 16.09.2020

OFICIO CIRCULAR N° 291 de fecha 16.09.2020                                          

De   : Jefe Departamento Regímenes Especiales (S)

A     : Sres(as) Directores(as) Regionales y Administradores(as) de Aduana

Mat.: Se Comunica Impuestos o Créditos Fiscales Ley No   18.502 y N° 20.765.

Conforme a lo señalado en la Ley N° 20.765 del 09.07.2014, comunico a usted los Impuestos o Créditos Fiscales correspondientes a los combustibles derivados del petróleo, a que se refieren las leyes 18.502 y 20.765, de conformidad al Decreto de precios de referencia respectivo, del Ministerio de Energía y de Hacienda, según lo informado por el Servicio de Impuestos Internos en virtud de lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley 20.765, y el Decreto N° 288 Exento, de fecha 14.09.2020 (D.O. 16.09.2020) del Ministerio de Hacienda.

Vigencia a contar del día Jueves 17.09.2020 al Miércoles 23.09.2020.

 

 

Saluda atentamente a Ud.

                                                        Patricia Soto Sepúlveda

                                                 Jefe (S) Depto. Regímenes Especiales   

Nota:

1.- Los impuestos o créditos fiscales señalados son obtenidos desde el Diario Oficial y corresponden al período del día Jueves 17.09.2020 al Miércoles 23.09.2020., de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley N° 20.765 del 2014.

2.- Para la aplicación del impuesto específico o crédito fiscal se deberá tener presente lo instruido mediante Oficio Circular N° 61 de fecha 22.02.2011.

WCF/wcf.

16.09.2020

C.C. Aduanas Arica/Punta Arenas

       Subdirección Informática

       Cámara Aduanera de Chile A.G

       Anagena

       SSD 28221