Clasificación

Fallo Segunda Instancia N° 482, de 21.12.2005

RECLAMO Nº 230, DE 08.04.2005,

DIRECCION REGIONAL ADUANA METROPOLITANA.

DI. Nº  3340092070-8, DE 30.03.2005.

RESOLUCIÓN DE PRIMERA  INSTANCIA Nº 203, DE 30.05.2005.

FECHA NOTIFICACIÓN: 06.06.2005.

 

 

VISTOS:

 

Estos antecedentes: el Oficio Ordinario Nº 1295, de 24.10.2005, del Juez Director Regional de Aduana Metropolitana.          

 

 

TENIENDO PRESENTE:

 

Lo dispuesto en los artículos 125 y 126 de la Ordenanza de Aduanas.

 

 

SE RESUELVE:

                                                                      

CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.                                              

 

Anótese y comuníquese.

 

 

RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA Nº 0203, DE 30 MAYO 2005 

                                 

 

VISTOS

 

La presentación interpuesta a fojas uno y siguientes por el Agente de Aduanas señor Kenneth Werner M., en representación de los Sres.  RODRIGO ZUAZOLA Y CIA.  LTDA., RUT. Nº 77.243.040-K, mediante la cual reclama la clasificación arancelaria y el advalorem aplicado a la Declaración de Ingreso Import. Ctdo/Normal Nº 3340092070-8, de 30.03.2005, de esta Dirección Regional.

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, se concedió la aplicación del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos,  con un advalorem del 4.5%;

 

Que, mediante la DI. identificada anteriormente, se declaró perfil para vela, para embarcación, clasificado en la Partida Arancelaria 3926.9090, según Factura Nº 7484/23.03.2005, emitida por North Sails, de USA., consignando un valor aduanero de US$ 10.033,00;

 

Que, el interesado señala que la mercancía corresponde a velas de material sintético para embarcaciones con su puntal, cuya clasificación corresponde por la partida 6306.3100, con un advalorem del 0%, adjuntando certificado de origen;

 

Que, el fiscalizador señor Sergio Mansilla 0., en su Informe Nº 27, de fecha 21.04.2005, señala que analizados los antecedentes y corroborado con la normativa vigente, procede acceder a lo solicitado por el interesado;

 

Que, no existe jurisprudencia directa sobre esta materia; y

 

 

TENIENDO PRESENTE:

 

Lo dispuesto en el artículo 22º, Nº 4, del Anexo III del Acuerdo establecido por Decreto del Ministerio de RR.EE. del 28.01.2003, el artículo 131º de la Ordenanza de Aduanas, y las facultades que me conceden los artículos 15º y 17º del DFL. 329 de 1979 de la Ley Orgánica del Servicio, dicto la siguiente:

 

 

RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA:

 

1. MODIFIQUESE la clasificación y el monto del advalorem de la Declaración de Ingreso Import. Ctdo/Normal Nº 3340092070-8, de 30.03.2005, suscrita por el Agente de Aduanas señor Kenneth Werner M., en representación de los Sres.  RODRIGO ZUAZOLA Y CIA.  LTDA.

 

2. APLIQUESE el Advalorem del 0% a la Partida Arancelaria 6306.3100.

 

3. PROCEDE devolver lo pagado en exceso.

 

ANOTESE, NOTIFIQUESE Y ELEVENSE en consulta al señor Juez Director Nacional de Aduanas, si no se apelare.