Clasificación
Fallo Segunda Instancia N° 207, de 13.10.2004
RECLAMO Nº 103, DE 17.05.2004,
ADUANA METROPOLITANA.
D.I. Nº 3790030858-3, DE 29.03.2004
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Nº 164, DE 15.06.2004.
FECHA NOTIFICACIÓN: 20.06.2004.
VISTOS:
Estos antecedentes: el Oficio Ordinario Nº 1097, de 19.07.2004, del Juez Director Regional de Aduana Metropolitana.
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en los artículos 124 y 125 de
SE RESUELVE:
CONFÍRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
Anótese y comuníquese.
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Nº 0164, DE 15 JUNIO 2004
VISTOS:
La presentación interpuesta a fojas uno y siguientes por el Agente de Aduanas señor Jorge Núñez B., en representación de los Sres. IBM DE CHILE S.A.C., R.U.T. Nº 92.040.000-0, mediante la cual reclama el aforo, al denegar la aplicación de los beneficios del Tratado de Libre Comercio entre Chile y U.S.A., al item 1 de
CONSIDERANDO:
Que, se reclama la falta de aplicación del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos;
Que, por item Nº 1 de
Que, el interesado solicita devolución de derechos por tratarse de mercancías fabricadas en Estados Unidos, sujetos a la aplicación del T.L.C. con Estados Unidos, para lo cual adjunta Certificado de Origen y Factura, que acreditan dicha situación;
Que, el Fiscalizador Habilitado señor Cristian Andrade M., en su Informe Nº 61, de fecha 26.05.2004, señala que estudiados los antecedentes adjuntos al expediente, procede lo solicitado por el interesado;
Que, no existe jurisprudencia directa sobre esta materia; y
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en el Artículo 22º, Nº 4, del Anexo III, del Acuerdo establecido por Decreto del Ministerio de RR.EE. del 28.01.2003, el Artículo 131º de
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA:
1.-MODIFIQUESE el Régimen de Importación señalado en el item 1 de
2.-APLIQUESE el Tratado de Libre Comercio Chile-Estados Unidos, al item Nº 1 de
3.-PROCEDE devolver lo pagado en exceso.
ANOTESE, NOTIFIQUESE Y ELÉVESE en consulta al señor Juez Director Nacional de Aduanas, para su fallo final.