Clasificación
Fallo Segunda Instancia N° 007, de 02.01.2003
RECLAMO Nº 759, DE 26.08.2002
ADUANA DE VALPARAISO
D.I. Nº 5100028340-5, DE 09.08.2001
CARGO Nº 920964, DE 04.07.2002
RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA Nº 749, DE 09.10.2002
FECHA NOTIFICACION: 09.10.2002
VISTOS:
Estos antecedentes; Oficio Nº 2840, de 08.11.2002, de
CONSIDERANDO:
Que, se impugna la formulación del Cargo Nº. 920964, de 04.07.2002, emitido por derechos dejados de percibir en declaración de ingreso Nº. 5100028340-5, de 09.08.2001.
Que, en fallo de primera instancia se determina que la mercancía en controversia, designada en el ítem 2 de la precitada declaración de ingreso, efectivamente corresponde a unas gorras desechables de tela sin tejer de polipropileno, cuya clasificación arancelaria fuera modificada mediante Resolución 567, de 13.08.2002, con aplicación del artículo 173 de
Que, por tanto, y
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en los artículos 124º y 125º de
SE RESUELVE:
1.Confirmase el fallo de Primera Instancia.
2. Dejase sin efecto el Cargo Nº 920964, de 04.07.2002.
Anótese y Comuníquese
RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA N° 749, DE 09 OCTUBRE 2002
VISTOS:
El Reclamo N° 759 de 26.08.2002, interpuesto por el Agente de Aduana señor Leslie A. Macowan en representación de GALIMEX Y CIA LTDA RUT 78.835.970-5 mediante el cual impugna el Cargo N° 920.964 de 04.07.2002 de esta Dirección Regional, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 116 de
CONSIDERANDO:
Que dicho Cargo fue emitido en contra del citado Importador por derechos de aduana dejados de percibir por subvaloración de mercancías despachadas en el ítem 2, de
Que por ORD/ADJUNTO N° 1425/2002, el profesional de esta Dirección Regional señor Nilo Prado N, expone: ... en lo concerniente al reclamo 759/2002, corresponde dejar sin efecto el valor del ítem N°2, del cargo N° 920964 de 04.07.2002, formulado a
Que por no existir hecho controvertido no se solicita
Que por los considerandos vertidos, y de acuerdo a la normativa aduanera legalmente vigente en la materia, para el caso en comento, este Tribunal estima procedente dejar sin efecto el Cargo N° 920.964/2002.
TENIENDO PRESENTE:
Estos antecedentes, lo establecido en el artículo 108 de
RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA:
1.-DEJESE SIN EFECTO el Cargo N° 920.964 de 04.07.2002, y la respectiva Denuncia 72558/27.06.2002, por los motivos expuestos precedentemente.
2.-Elévense estos antecedentes en consulta al señor Director Nacional de Aduanas.
ANOTESE Y COMUNIQUESE