Clasificación
Fallo Segunda Instancia N° 124, de 20.03.2003
RECLAMO N° 006, DE 02.01.2003
ADUANA DE VALPARAISO
SOLICITUD REINTEGRO N° 345972-6, DE 07.02.2000
CARGO Nº 921584, DE 13.11.2002
RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA Nº134, DE 31.01.2003
FECHA NOTIFICACION: 03.02.2003
VISTOS:
Estos antecedentes; Oficio Nº 481, de 14.02.2003, de
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en los artículos 124º y 125º de
SE RESUELVE
1. CONFÍRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
Anótese y Comuníquese
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Nº 134, DE 31 ENERO 2003
VISTOS:
El Formulario de Reclamación Nº 006 de 02.01.2003 señor Aníbal Ariztía Reyes, con poder notarial Repertorio Nº 9587-2000, en representación de señores SOCIEDAD ANÓNIMA VIÑA SANTA RITA RUT 86.547.900-K, impugna la formulación del Cargo Nº 921584 de fecha 13.11.2002 de esta Dirección Regional, de acuerdo a lo dispuesto en Art. 116º de
CONSIDERANDO:
Que, dicho Cargo fue emitido en contra del importador mencionado en Vistos, por percepción indebida de reintegro Ley 18708, detectándose que las medidas de las cápsulas de estaño para botellas vineras no concuerdan con las indicadas en factura.
Que, el recurrente señala que en D.I. Nº 1998340104046157-2 de 01.07.1998 la descripción del producto Cápsula de estaño Vereinigte-F, 28,75 x
En las facturas, cabe destacar que las medidas 27-29 corresponde a la medida de los extremos inferior y superior respectivamente, según plano y certificado del proveedor ( fojas 23). Por razones de orden técnico, cuenta con tres medidas concretas, parte superior mide
Que, por Oficio Nº 66 de fecha 10.01.2003,
Agrega
Que, efectuado un examen a los antecedente adjuntos a la presente reclamación y a los datos técnicos del proveedor, la solicitud de reintegro se encuentra legal y formalmente presentada, en consecuencia no corresponde formular Cargo a este despacho
Que, de acuerdo al numeral 18 del Oficio Circular 01203 de 17.12.1998 de
Que, de conformidad a los antecedentes expuestos y teniendo presente los considerandos anteriores, este Tribunal estima que no procede formular Cargo por percepción indebida de reintegro de
TENIENDO PRESENTE:
Estos antecedentes y las facultades que me confieren los artículos 15º y 17º del DFL Nº 329/79, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA:
1.-ANULASE EL CARGO Nº 921584 de 13.11.2002, Formulario de Denuncia Nº 77648 de 06.11.2002 y G.CP. 33653 de
2.-Elévese estos antecedentes, en consulta al señor Director Nacional de Aduanas.
ANOTESE Y COMUNIQUESE.