VALORACION : RESOLUCION Nº 188

RECLAMO Nº 301 / 14.11.2006

ADUANA DE SAN ANTONIO.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, la Sentencia de Segunda Instancia, Resolución N° 132 del 11.05.2007 consigna en su última consideración que corresponde dejar sin efecto el Cargo N° 200 del 30.08.2006, en controversia, y ordenó reformularle con igual fecha y número, previa revisión exhaustiva de los documentos que respaldan el despacho y adjuntar detalles pormenorizados de los cálculos con cifras correctas y por cantidades reales de mercancía, por corresponder;

Que, por lo anterior y habiéndose dejado sin efecto el Cargo, y para un mejor acierto del fallo , procede complementar el numeral 3 de la parte resolutiva en el sentido de formular un nuevo cargo, con la correspondiente notificación, habida consideración que los plazos se encuentran plenamente vigente.

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Cap. VIII del Manual de Procedimiento Operativo y las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979;

Dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN:

COMPLEMENTESE LO RESUELTO EN EL NUMERAL 3º DE LA RESOLUCIÓN N° 132 DEL 11.05.2007, DE ESTE TRIBUNAL, EN EL SENTIDO DE FORMULAR UN NUEVO CARGO POR CANTIDADES Y CIFRAS CORRECTAS, POR CORRESPONDER.

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS