VALORACION: RESOLUCION N° 260

RECLAMO  Nº 377 / 07.08.2006

ADUANA  METROPOLITANA.

 

VISTOS Y CONSIDERANDO:   

 

Estos antecedentes y la Resolución de Primera Instancia Nº 357 del 04 de Junio del 2007 que confirmó el aforo y liquidación practicada en D.I.P.S. Nº 480176266 del 20.07.2006 de la Aduana Metropolitana, que ampara 12 atados  con  277,000  K.B. de “flores frescas  cortadas, Rosas”, originarias de Ecuador, CAA 06031050, por cuanto los gastos  señalados en guía aérea por la suma de US$  233.80 son parte del valor FOB ,con una pequeña alza del Valor Aduanero y de  tributos a pagar (US$0.34) los cuales fueron desestimados. 

 

Que, del análisis de los antecedentes adjuntos al expediente,  se desprende que, es correcto  considerar como  monto  de flete efectivo US$ 180.05,   señalado en Guía Aérea    26568975 / 19.07.2006, a fs. 5, y en cuanto al  valor aduanero,  los gastos  originados  en el transporte   incrementan el valor FOB de las mercancías,  lo que  permite a este Tribunal confirmar lo resuelto en primera instancia, y

 

TENIENDO PRESENTE: 

 

Los Artículos 117º   y siguientes de la Ordenanza de Aduanas, el Acuerdo de la OMC sobre valoración, el  Dto.  de Hda. Nº 1.134/20.06.2002 que fijó el Reglamento para su Aplicación  y  las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN :

 

1.-  CONFIRMASE  EL  FALLO  DE   PRIMERA  INSTANCIA.

 

 

JUEZ  DIRECTOR  NACIONAL  DE  ADUANAS