VALORACION: RESOLUCION N° 72

RECLAMO Nº 132/31.07.2007
ADUANA  SAN ANTONIO 

VISTO:

 

El Reclamo Nº 132/31.07.2007 (fs. 1/2), deducido por haber confeccionado la D.U.S. sin realizar la conversión de Euros a Dólares americanos, siendo que corresponde “Euro”, conforme a la Factura de Exportación N° 07089 (fs. 7), solicitando la modificación, para corregir dicho error, a los valores de la D.U.S. N° 2413675-2/10.07.2007, legalizada con fecha 27.07.2007 (fs. 3/4).

 

CONSIDERANDOS:

Que, mediante la Resolución Nº 226/08.10.2007 (fs. 25/26), fallo en primera instancia, que modifica la D.U.S. antes citada conforme a lo solicitado por el señor Despachador, decisión que este Tribunal aprueba. 

Que,  se  constata,  en  esta  instancia,  conforme a la  Factura  de  Exportación  N° 07089,  de  fecha  14.07.2007  (fs. 7),  que efectivamente la  moneda  de  transacción  es: EURO, en lugar de la moneda considerada para la declaración antes citada. 

TENIENDO PRESENTE:

 

Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II del Compendio de Normas Aduaneras; y

 

Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dic-to la siguiente:

 

RESOLUCIÓN:

 

CONFIRMASE FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS