VALORACION: RESOLUCION N° 30
RECLAMO Nº 464/08.08.2007
ADUANA METROPOLITANA
VISTOS:
El Reclamo Nº 464/08.08.2007 (fs. 6), deducido por haberse alzado el valor facturado de 140 unidades de CD (DVD), mediante F.I.V.P.S. N° 17600/15.06.2007 (fs. 10).
La Resolución Nº 163/29.02.2008 (fs. 25/26), fallo en primera instancia, que ha lugar a lo solicitado, modificando la liquidación efectuada en la FIVPS citada ut supra.
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 163/29.02.2008 (fs. 25/26), fallo en primera instancia, que considera para valorar la mercancía la Factura N° 01072007, de fecha 17 de Julio del 2007 (fs. 3), presentada por el reclamante, determinando la devolución de los derechos cancelados en exceso, decisión que este Tribunal aprueba.
TENIENDO PRESENTE:
Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II del Compendio de Normas Aduaneras; y
Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:
CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS