VALORACION: RESOLUCION N° 66

                                                                                             

RECLAMO Nº 237/14.08.2007

ADUANA  VALPARAISO

VISTOS:

El Reclamo Nº 237/14.08.2007 (fs. 1/3), deducido por haberse rechazado aclaración, por cambio en la cláusula de venta de FOB a DDP en la D.U.S. N°  2354055-K/23.05.2007, legalizada con fecha 12.06.2007 (fs. 4 y 5).

 

La Resolución de este Tribunal, de fecha 15.05.2008 (fs. 26), mediante la cual solicita la presentación de certificación del SII, respecto a no haber percibido la devolución del IVA, por esta operación de exportación.

 

La Apelación de fecha 28.12.2007 (fs. 21 a 23).

 

Las presentaciones N°s. 40419/11.06.2008 (fs. 29/31) y 45249/01.07.2008 (fs. 37).

 

CONSIDERANDOS:

 

Que, mediante la Resolución Nº 322/21.12.2007 (fs. 19), fallo de primera instancia, que no ha lugar a lo solicitado y confirma los valores declarados de la DUS N° 2354055-K/23.05.2007, legalizada con fecha 12.06.2007 (fs. 4 y 5), por tratarse de una exportación con modalidad de venta A Firme, y la Nota de Crédito (fs. 8) haberse confeccionado con fecha posterior a la legalización, decisión que este Tribunal no aprueba, al adjuntarse el Certificado N° 60/16.06.2008 (fs. 38), del S.I.I., y haberse señalado por error cláusula de venta FOB y mediante Nota de Crédito se modifica por cláusula DDP.

 

Que,  en  esta  instancia,  conforme a los antecedentes del proceso se considera procedente la aclaración rechazada en la Dirección Regional de la Aduana de Valparaíso. 

TENIENDO PRESENTE: 

Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II del Compendio de Normas Aduaneras;

Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN:

 

1. REVOCASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

 

2. HA LUGAR A LA APELACION.

 

3. HA LUGAR A LA MODIFICACION SOLICITADA POR EL RECLAMANTE.

4. PASEN LOS ANTECEDENTES A LA UNIDAD CORRESPONDIENTE, A EFECTOS DE DENUNCIAR LA INFRACCION QUE PROCEDIERE. 

 

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS