VALORACION: RESOLUCION N° 66
RECLAMO Nº 237/14.08.2007
ADUANA VALPARAISO
VISTOS:
El Reclamo Nº 237/14.08.2007 (fs. 1/3), deducido por haberse rechazado aclaración, por cambio en la cláusula de venta de FOB a DDP en la D.U.S. N° 2354055-K/23.05.2007, legalizada con fecha 12.06.2007 (fs. 4 y 5).
La Resolución de este Tribunal, de fecha 15.05.2008 (fs. 26), mediante la cual solicita la presentación de certificación del SII, respecto a no haber percibido la devolución del IVA, por esta operación de exportación.
La Apelación de fecha 28.12.2007 (fs.
Las presentaciones N°s. 40419/11.06.2008 (fs. 29/31) y 45249/01.07.2008 (fs. 37).
CONSIDERANDOS:
Que, mediante la Resolución Nº 322/21.12.2007 (fs. 19), fallo de primera instancia, que no ha lugar a lo solicitado y confirma los valores declarados de la DUS N° 2354055-K/23.05.2007, legalizada con fecha 12.06.2007 (fs. 4 y 5), por tratarse de una exportación con modalidad de venta A Firme, y la Nota de Crédito (fs. 8) haberse confeccionado con fecha posterior a la legalización, decisión que este Tribunal no aprueba, al adjuntarse el Certificado N° 60/16.06.2008 (fs. 38), del S.I.I., y haberse señalado por error cláusula de venta FOB y mediante Nota de Crédito se modifica por cláusula DDP.
Que, en esta instancia, conforme a los antecedentes del proceso se considera procedente la aclaración rechazada en la Dirección Regional de la Aduana de Valparaíso.
TENIENDO PRESENTE:
Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II del Compendio de Normas Aduaneras;
Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:
1. REVOCASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
4. PASEN LOS ANTECEDENTES A LA UNIDAD CORRESPONDIENTE, A EFECTOS DE DENUNCIAR LA INFRACCION QUE PROCEDIERE.
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS