Fallo de Segunda Instancia N° 132, de 03.04.2009
RECLAMO Nº 65, DE 10.11.2008, ADUANA TALCAHUANO.
D.I. Nº 4030018592-6, DE 07.10.2008.
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Nº 94, DE 22.01.2009.
FECHA NOTIFICACIÓN: 25.01.2009
VISTOS:
Estos antecedentes; Oficio Ordinario Nº 116, de 05.02.2009, del Juez Director Regional de Aduana Talcahuano.
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en los artículos 125 y 126 de
SE RESUELVE:
CONFÍRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
Anótese y comuníquese.
RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA N° 094, DE 22 ENERO 2009
VISTOS Y CONSIDERANDO:
El Reclamo interpuesto a fojas 1 y siguientes por el Agente de Aduanas Señor Giorgio Camaggi Papic, en representación de INSTAPANEL S.A., RUT 96.706.060-7, según lo dispone el Art. 117 de
QUE, a fojas 5, el Agente de Aduanas declaro en la señalada D.I.N , 70 atados de Zinc refinado en Lingotes de 99 995 de pureza mínima clasificado bajo el Código NALADISA 7901.1110 y código S A 7901 1100 por un Valor CIF$ 204.933,82 detallados en Factura de Exportación rotulada Bajo el N 028 - 001 9774 de fecha 25/09/2008 emitida por DOE RUN PERU SRL.
QUE, a fojas 6 se cuenta con el Original del Certificado de Origen N 050677 de fecha 26/09/2008, emitido por
QUE, las mercancías que ampara
QUE, el Fiscalizador Señor Julio Rocco 0., en su Informe de fecha 09/12/2008, que rola a fojas 17, señala que analizados los antecedentes aportados por el Agente, es factible acceder a lo solicitado.
QUE, en relación a la nueva liquidación corresponde la devolución de US$ 12.296,03 equivalente a (seis millones seiscientos treinta y nueve mil novecientos setenta y nueve pesos), correspondiente a Derechos Ad Valorem , Cuenta 223.
QUE, referido a la devolución de
QUE, no existe jurisprudencia directa sobre esta materia.
TENIENDO PRESENTE:
Estos Antecedentes, el A.C.E N0 38 CHILE-PERU; lo dispuesto en el Art.117 de
RESOLUCION:
1.-APLIQUESE el Régimen de Importación previsto en A.C.E. ?38 CHILE-PERU, correspondiendo una Preferencia Arancelaria del 100 y afecto a IVA a la mercancía amparada por
2.-RESTITUYASE a INSTAPANEL S.A. RUT 96.706.060-7 con domicilio en Camino Ronquen N° 11011. Maipú, Santiago , Chile, la suma de $6.639.979, por concepto de Derechos Ad. Valorem pagados en Cuenta 223. Esta cantidad deberá ser reajustada por el Servicio de Tesorerías de conformidad a los dispuesto en el D.L 1839 ( D.O. 27/06/77 )
3- La devolución del IVA ( Cuenta 178 ) que asciende a US$ 2.336,24 deberá ser solicitada por el Recurrente ante el Servicio de Impuestos Internos.
4.- IMPUTESE este gasto con cargo al Tesoro Publico GLOSA 50.01.01.01.09.201.0, según lo Dispuesto en
5. ELEVENSE estos antecedente en consulta al SENOR JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS, si no se interpusiese recurso de apelacion dentro del plazo legal.
ANOTESE, NOTIFIQUESE Y COMUNIQUESE.