VALORACION: RESOLUCION N° 175

 

RECLAMO 243/17.04.09

ADUANA SAN ANTONIO

 

VISTOS:

El Reclamo N° 243/17.04.09 (fs.1/2), deducido por haberse considerado, por un error involuntario, la moneda dólar americano en lugar de la correcta: EURO, para la mercancía: pechuga de pollo salada, con destino a Holanda, bajo cláusula de compra CFR y amparada por D.U.S. N° 3211913-1/28.03.09, legalizado con fecha 06.04.09(fs.13).

 

L a Resolución Ex. N° 174/19.05.2009(fs. 19/20), fallo de primera instancia.

 

CONSIDERANDOS.

 

Que, por la Resolución  Ex. N° 174/19.05.09(fs. 19/20), fallo de primera instancia, dicho Tribunal acepta la aclaración mediante S.M.D.A. ( Solicitud de Modificación a Documento Aduanero), al no haberse convertido la moneda facturada; EURO a US$ (Dolares Americanos), para la declaración de los valores en la D.U.S. N° 3211913-1/28.03.09, legalizado con fecha 06.04.09 (fs.13), decisión que este Tribunal aprueba, y consignándose que en lugar de la infracción aplicada por esa instancia corresponde aquella establecida en el Art. 176 letra ñ) de la Ord. De Aduanas.

 

TENIENDO PRESENTE

 

Las normas de valoración comprendidas en el Capitulo II del Compendio de Normas Aduaneras; y

 

Las facultades que me confiere el articulo 4 ° N° 16 D.F.L. N° 329, de 1979; dicto la  siguiente:

 

RESOLUCION:

 

1. CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

2.MODIFICASE LA RESOLUCION EX. N° 174/19.05.09, NUMERAL 2 EN EL SIGUIENTE SENTIDO, DONDE DICE : “174”, DEBE DECIR : “176 LETRA Ñ).

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS.