Resolución Exenta N° 3176

Prorroga el período de marcha blanca para el Sistema de Validación Aduanera (S.V.A.) en la Zona Franca de Punta Arenas.

VISTOS: La Resolución N° 6.426, de fecha 24.09.09, de esta Dirección Nacional, mediante la cual se fijó un período de marcha blanca para el ingreso de documentos que tramiten los usuarios de Zona Franca de Punta Arenas en el Sistema de Validación Aduanera (S.V.A.), entre el 01 de Octubre de 2009 y el 31 de Diciembre de 2009.

La Resolución N° 8989, de fecha 31.12.10, que prorrogó hasta el 01 de Julio de 2010 la marcha blanca para el ingreso de los diferentes documentos que tramiten los usuarios de Zona Franca de Punta Arenas, en el Sistema de Validación Aduanera (S.V.A.), con el fin de re-estudiar el sistema informático creado por la Sociedad Administradora, dado los múltiples requerimientos exigidos por los usuarios, especialmente en lo relativo a la seguridad de la información, acceso y funcionalidad del sistema.

El Oficio Ord. N° 325/21.06.10 del Sr. Director Regional de la Aduana de Punta Arenas, mediante el cual expone que para el cumplimiento de los requerimientos de los usuarios, la Sociedad Administradora debió contratar una empresa de ingeniería de software, habiéndose reprogramado el sistema inicial, encontrándose en estos momentos en la fase de afinamiento del ingreso de los diversos documentos que se tramitan en Zona Franca.

Que por otra parte, se tiene programado iniciar un "plan piloto" de tres meses con cinco usuarios seleccionados a fin de comprobar el sistema, lo que estaría concluido a fines del mes de Noviembre del presente año, con lo cual restaría que los demás usuarios cargaran sus inventarios en el sistema.

CONSIDERANDO: Que, conforme lo expuesto resulta necesario prorrogar la marcha blanca de dicho sistema, con el propósito que se efectúen las modificaciones pertinentes, en aras que el sistema sea de utilidad y permita que los usuarios ingresen los diferentes documentos de destinación aduanera así como sus inventarios, de una manera ágil, expedita y que asegure la confiabilidad de la información.


TENIENDO PRESENTE: Las facultades que me otorga el artículo 4° numeral 8 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente:


R E S O L U C I O N


I. PRORROGASE hasta el 31 de Diciembre de 2010 el período de marcha blanca del Sistema de Validación Aduanera (S.V.A.) de la Zona Franca de Punta Arenas.

Durante este período, todos los usuarios obligatoriamente deberán ingresar los inventarios de las mercancías que se encuentren pendientes de alguna destinación, para lo cual la Sociedad Administradora - Rentas Inmobiliarias S.A.-, les deberá indicar la correcta forma de ingreso y su registro pertinente en el sistema.

II. Las exigencias y formalidades a cumplir por parte de los usuarios para el ingreso de los documentos en el S.V.A. y su posterior tramitación ante la Aduana de Punta Arenas, permanecen inalterables, de conformidad a lo establecido en el N° II de la Resolución N° 6426/24.09.09, de esta Dirección Nacional.


ANOTESE Y COMUNIQUESE

 

 


GONZALO SEPULVEDA CAMPOS
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

 

 


GFA/EVO/PSS/VCC/vcc