VALORACION: RESOLUCION N° 162

RECLAMO N° 682/24.03.2009
ADUANA METROPOLITANA

VISTOS:

El reclamo N° 682/24.03.09, interpuesto por el Agenter Sr. Leslie Macowan R, en  representación de la Empresa Telefonica Moviles de Chile S.A., mediante el cual la liquidación de los gravemenes señalados en la Declaracion en la  de Reingreso  Normal N° 5100132768-6/05.03.2009.

La Resolucion N° 480/23.10.2009(Fjs.26.al27), fallo de primera instancia.

CONSIDERANDO

1.- Que, el reclamante solicita autorización para modificar Declaracion de Reingreso N° 5100132768-6/05.03.2009, por cuanto declaro erróneamente el valor de la obra por un monto de US$46.501.50.-, en lugar del costo real de reparación según facturas n°s 82 y 84/2009(fjs. 5 y 6), lo que ocaciono una cadena de errores que comprende la conformación de los valores de la declaración y el monto de los gravámenes que afecta a la mano de obra, por tanto solicita la devolución de la taza cancelada en exceso por este concepto.

2.-Que, la Resolucion N° 480/23.102009(fjs.26 al 27), fallo de primera instancia, accedió a modificar el  valor aduanero originalmente propuesto por el despachador en Declaracion de Reingreso  N° 510013268-6/05.03.2009,estableciendo un nuevo valor CIF de US$ 61.100,70 y otorgar la devolución de US$126,15, correspondiente a gravámenes aduaneros cancelados en exceso.

3.-Que, del análisis de los antecedentes adjuntos al  expediente se desprende que efectivamente existe un error en la conformación de los valores declarados en la destinación aduanera, por consiguiente, este Tribunal aprueba la decisión de primera instancia.

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Decreto de Hacienda N° 1134/02 sobre Reglamento del valor GATT/94, los preceptos del Cap. II de la Resol. 4543/03 DNA, y las facultades que me confiere el Articulo 4° N° 16 del DFL N° 329/79, dicto la siguiente:

RESOLUCION:

CONFIRMA EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS.