Oficio Circular N° 0278

Acerca de SMDA electrónica, respecto de reembolsos de derechos conforme Protocolo Bilateral Chile-Honduras.

Mat.: Aplicación de procedimiento tramitación electrónica de SMDA para solicitar reembolso de derechos aduaneros en Protocolo Chile-Honduras dentro marco TLC CHILE-CENTROAMERICA.
Ant.: Oficios Circulares N° 159/04; N° 012/05 y N° 614/06.

DE: Subdirectora Técnica

A : Sres.(as) Directores Regionales y Administradores de Aduana


1.-
Como es de vuestro conocimiento, mediante los Oficio Circulares del antecedente, esta Dirección Nacional comunicó a ustedes la implementación y aplicación de un procedimiento para que los Agentes de Aduana tramitaran directamente por vía electrónica las Solicitudes de Modificación de Documento Aduanero (SMDA), para efectos de acceder a una preferencia arancelaria establecida en los distintos acuerdos o tratados comerciales suscritos por nuestro país, utilizando el mecanismo de reembolso de los derechos aduaneros, respecto de aquellas Declaraciones de Ingreso que hubieren sido tramitadas primitivamente acogiéndose al régimen general de importación.

2.- Sobre esta materia, se ha estimado conveniente incorporar dentro del procedimiento de reembolso de tramitación electrónica en comento, al siguiente Tratado Comercial:

TRATADO DE LIBRE COMERCIO CHILE-HONDURAS    TLCCH-HON   Código 61

3.- Por otra parte, debe tenerse en consideración que el Protocolo Bilateral suscrito entre ambos países, según lo dispuesto en el decreto supremo N° 108 de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que se enmarca dentro del tratado de libre comercio citado, comenzó a regir el 19 de julio de 2008. Asimismo, debo señalar a ustedes que las validaciones computacionales del sistema SICOWEB para este tipo de SMDA tramitadas electrónicamente están dispuestas a contar de la fecha del presente oficio.

Lo que comunico a ustedes para su conocimiento, aplicación y divulgación.


Saluda atentamente a ustedes,

 

Alejandra Arriaza Loeb
Subdirectora Técnica

 


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