VALORACION: RESOLUCION N° 195

RECLAMO Nº 602/07.12.2009

RESOLUCION 2° INSTANCIA N°167/15.07.2011
ADUANA IQUIQUE            

        

Vistos:

 

El Oficio N° C-030, de fecha 29.07.2011, de la Dirección Regional Aduana Iquique.

 

Considerando:

 

Que, por  Resolución N° 167 del  15.07.2011, fallo de segunda instancia,  el Sr. Juez Director Nacional de Aduanas acogió  la reclamación N°  602  interpuesta ante la Aduana de Iquique, el 07 de Diciembre del 2009 y confirmó el Cargo N° 7372 de fecha 16.09.2009;

 

Que, en su presentación, el Director Regional Aduana Iquique  señala  que  en la parte resolutiva de dicha sentencia existe un error al indicar la Aduana que formuló el precitado cargo.

 

 Que, revisado los antecedentes se pudo comprobar que efectivamente se cometió un error al señalar una Aduana distinta a la que formuló el respectivo cargo  lo que es necesario corregir en  esta instancia, por corresponder.

 

Teniendo Presente:

El  artículo 182° del Código de Procedimiento Civil, dicto la siguiente:

Resolución:

Rectifíquese, como se indica,  el numeral 1 de la parte resolutiva  de la sentencia segunda instancia, Resolución N° 167, del 15 de Julio de 2011:

 

1-   Donde dice          : Administración Aduana San Antonio    

2-   Debe decir           : Dirección Regional Aduana Iquique

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS