Oficio Circular N° 0059

Instruye sobre bloqueo en aplicaciones uso números buzón para RUT o PASAPORTE.

Mat.: Comunica prohibición de utilizar códigos buzones para identificar el RUT o PASAPORTE de los usuarios en la confección de los documentos de pagos emitidos por la Aduanas.


DE: Director Nacional de Aduanas

A : Señores Directores Regionales y Administradores de Aduana


1.- Comunico a ustedes que el Servicio de Tesorerías ha puesto en conocimiento de esta Dirección Nacional que existen una cantidad de documentos de pagos emitidos por el Servicio Nacional de Aduanas (F-09; F-15; F-16; F-17 y F-18) con inconsistencia en la Cuenta Única Tributaria, por encontrarse con número de identificación del RUT o Pasaporte del importador asociado a códigos buzones, como por ejemplo 11.111.111-1.

2.- Consecuente con lo anterior y considerando que la información del RUT o Pasaporte en los documentos de pago emitidos por el Servicio de Aduanas, es de vital importancia para los diferentes Organismos del Estado, esta Superioridad ha determinado ordenar bloquear en los sistemas computacionales el uso de este tipo de información.


Saluda atentamente a ustedes,


Rodolfo Alvarez Rapaport
Director Nacional de Aduanas

 


RAR/GFA/VCC/GMA