Oficio Circular N° 0292

Comunica alcance de instrucciones impartidas por el Oficio Circular N° 0086 de 05.04.12, sobre infracciones en Acuerdo ATIT.

MAT.: Comunica alcance del numeral 12 Oficio Circular N° 86 del 05.04.2012 sobre instrucciones para implementar nuevo procedimiento para la aplicación del segundo protocolo adicional sobre infracciones y sanciones al Acuerdo de Alcance parcial sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).


DE : Subdirectora Técnica

A : Sres. Directores Regionales y Administradores de Aduana


1.- Mediante Oficio Circular N° 86 de fecha 05.04.2012 se impartieron instrucciones en virtud de la aprobación y puesta en marcha del Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre, establecido en el Decreto Supremo N° 290 promulgado el 08.09.2010 y publicado el 10.01.2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaria de Transportes, para implementar el nuevo procedimiento para la aplicación del segundo protocolo adicional sobre infracciones y sanciones al Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).

2.- Al respecto cabe precisar que, esta Dirección Nacional ha determinado dejar sin efecto la instrucción contenida en el numeral 12 del mencionado Oficio Circular, habida consideración que las infracciones descritas en el Decreto N° 290/2012 del Ministerio del Transporte, a cuya implementación se refiere el Oficio Circular N° 86/2012 , no constituyen infracciones aduaneras y, además, está igualmente explícito en el artículo 2° del Decreto, que dichas materias, serán conocidas a través del procedimiento administrativo de la Ley 19880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos, que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.


Saluda atentamente a usted.

 


Alejandra Arriaza Loeb
Subdirectora Técnica

 


AAL/GFA/MPMR/WBP