CLASIFICACION: Resolución de Segunda Instancia n° 324

RECLAMO Nº. 23, DE 26.01.2006, DIRECCION REGIONAL ADUANA VALPARAISO, D.I. Nº 3980023884-K DE FECHA 04.01.2006, RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Nº 134 DE 19.04.2006, FECHA NOTIFICACIÓN: 19.04.2006

VISTOS:
Estos antecedentes: el Oficio Ordinario Nº 444, de fecha 05.05.2006, del Juez Director Regional de Aduana Valparaíso.

TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en los artículos 125 y 126 de la Ordenanza de Aduanas.

SE RESUELVE:
1. Confirma el fallo de primera instancia.

2. Pasen los antecedentes a la unidad correspondiente, para los efectos de denunciar la posible infracción que procediere.

Anótese y comuníquese.

RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA N° 134, DE 19.04.2006.

VISTOS:
El formulario de reclamo Nº 23/2006, de esta Dirección Regional, mediante el cual la Agente de Aduanas señora María I. Vargas, por cuenta de su cliente IMEX ESTADO S.A., RUT/84.888.400-6, solicita la aplicación del Acuerdo ACE-38/ALADI/CHILE/PERU, en D.I. cod. 151/N 3980023884-k de 04.01.2006 y la correspondiente devolución de derechos pagados en exceso.

CONSIDERANDO:
1.-Que, por dicha D.I. se solicitó a despacho una partida de Reglas para el trazado de la Pda. 9017.2000 con valor CIF US$ 7.757,65, país/origen/adquisición/Perú, régimen de importación general, 6% / Ad-valorem, gravámenes pagados FACT/003-0052041/27.12.2005/Artesco FS/14.

2.-Que, el Despachador nombrado, expone:
- Con posterioridad a la legalización de la DIPCA Nº 3980023884-K de 04.01.2006, nuestro mandante Imex Estado S.A., nos entregó el Certificado de Origen Nº 0026400/29.12.2005 de la SOCIEDAD NACIONAL DE INDUSTRIAS del Perú, FS/9, en la cual se consigna que la mercancía se encuentra negociada con una preferencia del 100% en el Acuerdo de Complementación Económica Chile-Perú, por lo que corresponde autorizar cambio de régimen de importación en la aludida D.I FS/ 10.

3.-Que, respecto de la Causa en comento, por ORD. S/Nº de 05.05.2005, la profesional de la Aduana de Valparaíso, señora Mercedes Narváez E., informa que habiéndose adjuntado el certificado de Origen Nº 00026400/29.12.2005, FS/9, procede aplicar Régimen de Importación ALADI-ACE 38- Chile Perú, 0% de derechos ad-valorem en la declaración de importación Nº 3980023884-K de 04.01.2006. FS/10.-

4.-Que, el referido Certificado corresponde a la factura 003-0052041/27.12.2005, con la cual fue confeccionada la D.I. especificada en vistos de esta Resolución.

5.-Que, por Resolución Nº S/N de fecha 09.03.2006, prescíndase el trámite de la recepción de Causa de Prueba, por no existir hechos controvertidos, sustanciales y pertinentes.

Que, por las consideraciones vertidas en el caso planteado este Tribunal resolverá dar curso a lo solicitado por la contraparte en el sentido de aplicar en la declaración de importación anteriormente individualizada Régimen de Importación ALADI/ACE 38/CHILE PERU, 0% AD-VALOREM.-

TENIENDO PRESENTE:
Estos antecedentes y las facultades que me confieren los Art. 15 y 17 D.FL. 329/79, dicto la siguiente:

RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA:
1. Procede la aplicación del Acuerdo ACE-38/ALADI/Chile/Perú, en D.I. COD. 151 Nº 3980023884-K de 04.01.2006, con un 0% de derechos ad-valorem.

2. Modifíquese mediante una SMDA., y en los términos propuestos en el considerando tres de esta Resolución, la declaración de importación Nº 3980023884-K de 04.01.2006, de la Aduana de Valparaíso, suscrita por la agente de aduanas señora María I. Vargas, por las razones precitadas.

3.- La pertinente devolución de derechos debe ser solicitada según lo dispuesto en el CAP VII 2.1.1 del Manual de Pagos de la Dirección Nacional de Aduanas.

4.-ELEVENSE estos antecedentes en consulta al señor Director Nacional de Aduanas.

ANOTESE Y NOTIFIQUESE.