CLASIFICACION: Resolución de Segunda Instancia n° 38

RECLAMO JUICIO ROL Nº 214, DE 18.08.2004, ADUANA VALPARAÍSO, DECLARACIÓN DE INGRESO IMPORTACIÓN Nº 1420038002-K, DE 30.06.2004, FALLO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 242, DE 29.09.2004, FECHA NOTIFICACIÓN: 29.09.2004

VISTOS:

Estos antecedentes; Oficio Nº 1419, de 14.10.2004, del Sr. Juez Director Regional de Aduana de Valparaíso.

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en los Artículos 124º y 125º de la Ordenanza de Aduanas.

SE RESUELVE:

Confírmase Fallo de Primera Instancia.

Anótese y Comuníquese

RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA N 242, DE 09 SEPTBRE. 2004

VISTOS:

El Formulario de Reclamación Nº 214 de 18.08.2004 del Agente de Aduanas señor HERNAN ESPINOSA CASTRO, en representación de señores MINTLAB CO S.A., R. U. T. 96.581.370-5, impugna la clasificación arancelaria aceptada por la Aduana en DIN Nº 1420038002-K de 30.06.2004, de acuerdo al Art. 116 de la Ordenanza de Aduanas.

CONSIDERANDO:

Que, mediante DIN señalada en Vistos se importó en ítem 1) 150 KN de Phenylbutazone de la partida arancelaria 2933.1900 y 350 KN de Ketoprofeno por la posición 2918.3000, por un valor CIF de US$ 27.102,50, con autorización de retiro sin inspección.

Que, el recurrente señala que por Declaración de Ingreso antes citada, solicitó a despacho por el ítem 1) una partida de Phenylbutazone, código arancelario 2933.9990 de uso farmacéutico, en lugar de la partida 2932.9990. correspondiente al producto Amioradone HCL BP2000, como lo señala la S.M.D.A 1428002025 de 04.08.2004 de la Aduana de Valparaíso

Que, por Oficio S/ Nº de fecha 20.08.2004 el fiscalizador Sr. Alfonso Contreras P., señala que de los antecedentes adjuntos corresponde cambio de partida por la posición Arancelaria 2932.9990, con aplicación de infracción al artículo 173 a la clasificación.

Que, del análisis de los antecedentes presentados por el recurrente y lo manifestado por el Fiscalizador en el Oficio antes citado, no aparecen hechos controvertidos, por lo que se prescinde del trámite de recepción de la Causa a Prueba, mediante Resolución S/N de fecha 30.08.2004 (fs. 18)

Que, revisados los autos de la presente controversia se verifica que todos los antecedentes bases del despacho citado se refieren al producto amioradona, compuestos heterocíclicos con heteroatomas de oxígeno de uso farmacéutico. Que las Notas Explicativas del Sistema Armonizado comprende a la mercancía en cuestión en la Posición 2932.9990.

Que, en consecuencia, este Tribunal de 1ª Instancia resolverá que procede el cambio de clasificación arancelaria solicitada.

TENIENDO PRESENTE:

Estos antecedentes y las facultades que me confieren los artículos 15º y 17º del DFL Nº 329/79, dicto la siguiente

RES0LUCI0N DE PRIMERA INSTANCIA:

1.-MODIFÍQUESE la clasificación arancelaria del ítem 1 la D.I. (101) Nº 1420038002-K de fecha 30.06.2004 de la Aduana de Valparaíso, en los siguientes términos:

DONDE DICE:

Ítem 1) Phenylbutazone, chempar-f, polvo USP 25 Profarma, compuestos con estructura ciclo pirazol sin condensar uso farmacéutico. Código arancelario: 2933.1900

DEBE DECIR

Ítem 1) Amioradone, chempar-f, polvo hcl bp2000 profarma, compuestos heterocíclicos con heteroatomas de oxígeno, uso farmacéutico. Código arancelario 2932.9990

2.-FORMULESE denuncia por infracción al artículo 173 de la Ordenanza de Aduanas a la clasificación arancelaria

3.-Elévense estos antecedentes en consulta al señor Director Nacional de Aduanas.

ANÓTESE Y NOTIFIQUESE.