CLASIFICACION: Resolución de Segunda Instancia n° 482

RECLAMO Nº. 230, DE 08.04.2005, DIRECCION REGIONAL ADUANA METROPOLITANA, D.I. Nº . 3340092070-8, DE 30.03.2005, RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Nº 203, DE 30.05.2005, FECHA NOTIFICACIÓN: 06.06.2005

VISTOS:

Estos antecedentes: el Oficio Ordinario Nº 1295, de 24.10.2005, del Juez Director Regional de Aduana Metropolitana.

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en los artículos 125 y 126 de la Ordenanza de Aduanas.

SE RESUELVE:

CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

Anótese y comuníquese.

RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA Nº 203, DE 30 MAYO 2005

VISTOS:

La presentación interpuesta a fojas uno y siguientes por el Agente de Aduanas señor Kenneth Werner M., en representación de los Sres. RODRIGO ZUAZOLA Y CIA. LTDA., RUT. Nº 77.243.040-K, mediante la cual reclama la clasificación arancelaria y el advalorem aplicado a la Declaración de Ingreso Import. Ctdo/Normal Nº 3340092070-8, de 30.03.2005, de esta Dirección Regional.

CONSIDERANDO:

Que, se concedió la aplicación del Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos, con un advalorem del 4.5%;

Que, mediante la DI. identificada anteriormente, se declaró perfil para vela, para embarcación, clasificado en la Partida Arancelaria 3926.9090, según Factura Nº 7484/23.03.2005, emitida por North Sails, de USA., consignando un valor aduanero de US$ 10.033,00;

Que, el interesado señala que la mercancía corresponde a velas de material sintético para embarcaciones con su puntal, cuya clasificación corresponde por la partida 6306.3100, con un advalorem del 0%, adjuntando certificado de origen;

Que, el Fiscalizador señor Sergio Mansilla 0., en su Informe Nº 27, de fecha 21.04.2005, señala que analizados los antecedentes y corroborado con la normativa vigente, procede acceder a lo solicitado por el interesado;

Que, no existe jurisprudencia directa sobre esta materia; y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el artículo 22º, Nº 4, del Anexo III del Acuerdo establecido por Decreto del Ministerio de RR.EE. del 28.01.2003, el artículo 131º de la Ordenanza de Aduanas, y las facultades que me conceden los artículos 15º y 17º del DFL. 329 de 1979 de la Ley Orgánica del Servicio, dicto la siguiente:

RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA:

1. MODIFIQUESE la clasificación y el monto del advalorem de la Declaración de Ingreso Import. Ctdo/Normal Nº 3340092070-8, de 30.03.2004, suscrita por el Agente de Aduanas señor Kenneth Werner M., en representación de los Sres. RODRIGO ZUAZOLA Y CIA. LTDA.

2. APLIQUESE el Advalorem del 0% a la Partida Arancelaria 6306.3100.

3. PROCEDE devolver lo pagado en exceso.

ANOTESE, NOTIFIQUESE Y ELEVENSE en consulta al señor Juez Director Nacional de Aduanas, si no se apelare.