Fallo de Segunda Instancia N° 066, de 15.03.2012
RECLAMO N° 228, DE 09.03.2009 (ACUMULADO)
ADUANA SAN ANTONIO
DIN N°s. 1040034178-3 DE 20.03.2006,
1040036756-1 DE 21.08.2006.
CARGOS N°S. 1748 y 1749.
AMBOS DE 11.11.2008
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA N° 197, DE 05.10.2011.
FECHA DE NOTIFICACIÓN: 07.10.2011
VISTOS:
Estos antecedentes: el Oficio Ordinario N° 014, de fecha 18.01.2012, del Sr Juez Administrador de la Aduana de San Antonio.
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en el artículo 125 y 126 de la Ordenanza de Aduanas.
SE RESUELVE:
Confirmase el Fallo de Primera Instancia.
Anótese y comuníquese
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA N° 197, DE 05.10.2011.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
El reclamo N° 228 /09.03.2009, interpuesto de conformidad al artículo 117 y siguientes de la Ordenanza de Aduanas, por el importador Carlos Cavieres Acuña, solicitando dejar sin efecto el cargo N° 1748 Y 1749/11.11.2008, emitido en su contra. La Acumulación de los Cargos reclamados, que recaen en declaraciones de la misma Empresa, sobre idéntica materia, el mismo deudor, formulados en las siguientes Declaraciones con sus respectivos cargos ;
DIN N° Fecha Cargo Fecha
1040034178-3 20.03.2006 1748 11.11.2008
1040036756-1 21.08.2006 1749 11.11.2008
La Resolución de fecha 27.08.2010 del Juez Director Nacional, que declara la nulidad de todo lo obrado, retrotrayendo el expedientes al estado de dictar un nueva Resolución de admisibilidad a fojas ciento cuatro (104) y ciento cinco (105).-
El Informe emitido por el Fiscalizador señor Sergio Riveras Santis , de fojas ciento trece (113) a ciento dieciséis(116).-
El escrito del recurrente de fojas uno (1) a nueve (9) mediantes el cual alega la prescripción de los cargos antes citados, de conformidad al artículo 92 de la Ordenanza de Aduanas .-
Que, los cargos señalados anteriormente se encuentran formulados fuera del plazo de un año contados dese la fecha de legalización de las declaraciones, que establece la norma anterior.-
Las resoluciones de Segunda Instancia número 218 , 219 ,220 y 221 todas de fecha 11.04.2011, del Juez Director Nacional que versan sobre idéntica norma , han sido resueltas de conformidad al plazo prescrito en el citado artículo.-
Lo dispuesto en el artículo 92 de la Ordenanza de Aduanas.
TENIENDO PRESENTE
Los antecedentes que obran en esta causa, las facultades que me confiere el art. 17 del D.F.L. 329/79 y lo dispuesto en el artículo 92 de la Ordenanza de Aduanas, dicto
La siguiente;
RESOLUCION:
1.- DEJESE SIN EFECTO, Los Cargos N° 1748 , 1749 de fecha 11.11.2008, formulado al importador señor CARLOS CAVIERES ; RUT N° 5.574.719-9, teniendo presente exclusivamente que fue emitido fuera del plazo legal.-
2.- ELEVENSE, los antecedentes en consulta al Sr. Juez Director Nacional.-
ANOTESE Y COMUNIQUESE.