Clasificación
Fallo Segunda Instancia N° 112, de 16.02.06
EXPEDIENTE DE RECLAMO Nº 583,
DE 03.11.2005, DE ADUANA METROPOLITANA.
DIN N°1280094479-K, DE 20.10.05.
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Nº 635 DE 23.12.2005
FECHA NOTIFICACIÓN: 02.01.2006.
VISTOS:
Estos antecedentes,
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en los artículos 125 y 126 de
SE RESUELVE:
1. Confírmase fallo de primera instancia.
Anótese y comuníquese.
RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA N° 635, DE 23 DE DICIEMBRE 2005
VISTOS:
La presentación interpuesta a fojas uno y siguientes por el Agente de Aduanas Señor Martín López del F., en representación de los Sres. AGFA GEVAERT LTDA., R.U.T. Nº 81.163.200-7., mediante la cual viene a reclamar el régimen de importación aplicado a
CONSIDERANDO:
1.-Que, a fojas 1 el recurrente invocó el Acuerdo Chile y Comunidad Europea para 2 bultos con 3,40 KB conteniendo rodillos exclusivos para procesadora de placas fotográficas, clasificados en
2.-Que, las mercancías fueron declaradas en un ítem, con 100% preferencia arancelaria por aplicación de AAPCCH-UE, I.V.A. contado;
3.-Que, el recurrente señala a fojas 10, que por error al momento de confeccionar
4.-Que,
5.-Que, conforme a lo anterior procede modificar el régimen de importación señalado en
6.-Que, no existe jurisprudencia directa sobre esta materia.
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en los Artículos Nºs 124º y 125º de
RESOLUCIÓN PRIMERA INSTANCIA:
1.-MODIFIQUESE el Régimen de Importación señalado en Declaración de Ingreso Import. Ctdo/Normal Nº 1280094479-K, de fecha 20.10.2005, suscrita por el Agente de Aduanas señor Martín López del F., en representación de los Sres. AGFA GEVAERT LTDA.
2.-APLIQUESE Régimen General a la citado D.I.
3.-FORMULESE Cargo por la diferencia de derechos e I.V.A. dejados de percibir.
ANOTESE, NOTIFIQUESE Y ELÉVENSE en consulta estos antecedentes al señor Juez Director Nacional de Aduanas, si no hubiese apelación.