Fax Circular N° 40497 / 04.07.2012

Comunica aplicación de derecho antidumping definitivo a la harina de trigo originaria de Argentina.

Mat.: Instruye respecto a la aplicación de un derecho antidumping definitivo de 9,7%  a la importación de harina de trigo originaria de Argentina.

Ant.: Decreto de Hacienda N° 680 de 2012, D.O. 30.06.2012.


DE:    Subdirectora Técnica

A  :    Sres. Directores Regionales y Administradores de Aduana

           

1.- Me permito comunicar a ustedes, que mediante decreto N° 680 de 2012, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial del día 30.06.2012, se estableció un derecho antidumping definitivo de 9,7% a la importación de harina de trigo originaria de Argentina, clasificada en el código arancelario 1101.0000.

2.- Dicho derecho antidumping regirá por el plazo de un año, contado desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

3.- Para la confección de la Declaración de Ingreso (DIN) y la validación computacional de la aplicación Sicoweb, el monto del derecho antidumping equivalente al 9,7% sobre el CIF o Valor Aduanero, deberá imputarse bajo el código 224, y formará parte de la base impositiva del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Lo que comunico a ustedes para su conocimiento y aplicación.

 

 

Alejandra Arriaza Loeb
Subdirectora Técnica

                                                       

 

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