Fax Circular N° 46866
Comunica aplicación de derecho antidumping a la importación de harina de trigo proveniente de Argentina.
MAT.: Instruye acerca de aplicación de nueva tasa (30,3%) de derecho antidumping a la importación de harina de trigo proveniente de Argentina.
ANT.: Decreto Hacienda N° 737 de 2008 (D.O. 07.07.2008).
DE: SUBDIRECTOR TECNICO
A : SRES. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA
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1.- Comunico a ustedes que mediante decreto N° 737, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial del 07.07.2008, se ha establecido un derecho antidumping provisional de 30,3% a la importación de harina de trigo proveniente de Argentina, clasificada en el código 1101.0000 del Arancel Aduanero Nacional.
2.- Esta nueva tasa de derecho antidumping provisional regirá desde su publicación en el Diario Oficial (07.07.2008), hasta la publicación en éste de la decisión que resuelva la aplicación o no de medidas definitivas.
3.- Asimismo, como es de su conocimiento, el derecho antidumping referido deberá ingresarse en la Declaración de Ingreso (DIN), bajo el código de cuenta 224.
4.- La validación de este tributo se encuentra actualmente en aplicación en el sistema informático SICOWEB, razón por la cual los despachadores de aduana podrán tramitar las Declaraciones de Ingreso por vía electrónica.
Lo que comunico a ustedes, para su conocimiento, aplicación y divulgación.
Saluda atentamente a Ud.,
VICTOR VALENZUELA MILLÁN
SUBDIRECTOR TÉCNICO
EVO/RHD