Oficio Circular 175 de 08 de Julio, 2004. / Notas Explicativas Relativas al Anexo III.

DEPARTAMENTO ACUERDOS INTERNACIONALES

OFICIO CIRCULAR Nº__ 175 ____/

MAT.: Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea.
Modelos de sellos.
REF.: Decreto Supremo N°389, del ministerio de Relaciones Exteriores, D.O. 08.07.04

VALPARAISO, 08.07.2004
DE : JEFE DEPARTAMENTO DE ACUERDOS INTERNACIONALES
A : SEÑORES SUBDIRECTORES; JEFES DE DEPARTAMENTOS;
DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANAS

1. Mediante Decreto Supremo Nº 389, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de 08.07.2004, se promulgan las Notas Explicativas Relativas al Anexo III – Definición de Productos Originarios y Procedimientos de Cooperación Administrativa para el Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea.

2. Las Notas Explicativas antes mencionadas deberán ser tenidas en consideración para la aplicación de los artículos del Anexo III referido que dichas Notas individualizan, como así también para la aplicación del Apéndice I, “Notas Introductorias a la Lista de los Apéndices II y II (a)”; Apéndices II y II (a) ambos concernientes a la “Lista de las Elaboraciones o Transformaciones a Aplicar en los Materiales No Originarios para que el Producto Transformado pueda tener el Carácter de Originario”; Apéndice III “Certificado de Circulación de Mercancía EUR.1 y Solicitud de Certificado de Circulación de Mercancías EUR.1” y Apéndice IV “ Declaración en Factura”.

3 Las instrucciones impartidas por esta Dirección Nacional de Aduanas principalmente mediante los Oficios Circulares Nºs 10, 47, 74, 132, 144, todos de 2003 y 105 de 2004 deben ser aplicadas de manera compatible con las normas contenidas en las Notas Explicativas antes referidas. De existir alguna incompatibilidad prevalecerán las prescripciones contendidas en las citadas Notas.4 Considerando las disposiciones dispuestas en las Notas Explicativas mencionadas, próximamente se impartirán instrucciones a fin de complementar las normas impartidas por esta Dirección Nacional.

5 El Decreto Supremo Nº 389 por el cual se promulgan las Notas en comento se encuentra disponible en la página web del Servicio.

Saluda atentamente,

RAÚL ALLARD N.
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

CSV/FVR/ssf.