Oficio Circular N° 0324

Instruye sobre procedimiento de acopio de mercancías para exportación.

MAT.: Acopio de mercancías.
ANT.: Oficio Circular 243 de 27 agosto 2012.

DE: SUBDIRECTORA TECNICA

A : SRES. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA
CAMARA ADUANERA Y ANAGENA
SRES.ALMACENISTAS


1. Con relación al Oficio Circular 243 de 27 de agosto de 2011, mediante el cual se comunicó la implementación definitiva del proceso de control de acopio de mercancías para su exportación, se informa que dicha implementación se realizará a partir del día 11 de diciembre del año en curso.

2. Por otra parte, respecto a la información de los saldos de mercancías acopiadas en zonas primarias, se comunica a ustedes que, además de los datos señalados en el numeral 2 del citado instructivo, por cada Resolución de Acopio aceptada y vigente, los Almacenistas deberán informar:

• Código de Almacén
• Número de la Resolución de Acopio
Por cada uno de los ítems de la Resolución se deberá informar lo siguiente:
- Número de ítem de la resolución de acopio
- Descripción del producto
- Código arancelario del producto
- Saldo de las mercancías expresadas en la unidad de medida correspondiente al código arancelario de las mercancías.

Esta información deberá ser transmitida el lunes 10 de diciembre de 2012 al correo electrónico acopio@aduana.cl

Se hace presente que estos saldos sólo deberán ser informados por los almacenistas autorizados a realizar operaciones de acopio de mercancías, cuando hayan informado movimientos de ingreso al Almacén con anterioridad.

3. Tratándose de aquellos puertos (almacenistas) que operen mediante el sistema de inter-operabilidad con los sistemas del Servicio de Aduanas y, para aquellos DUS con el código de observación "66" correspondiente a Acopio, deberán utilizar el Servicio Web (WebService) que para tal efecto se ha generado. El actual Servicio Web (WebService) de ingreso a Zona Primaria, será bloqueado para este tipo de ingresos.

4. Tal como se indicó en el Oficio 243 de 2012, a partir de su fecha de implementación el sistema procederá a validar los ingresos a zona primaria de DUS, considerando los saldos existentes en la aplicación de control de Acopio, aceptando o rechazando el ingreso a Zona Primaria según corresponda.

Saluda atentamente a ustedes,

 

Alejandra Arriaza Loeb
Subdirectora Técnica

 


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