Oficio Circular N° 0377

Publicación en la página web www.aduana.cl, de la definición del Servicio Web y mensaje XML para la tramitación electrónica de las DIPS Courier

 

MAT.: Comunica publicación en la página web de la definición del Servicio Web y mensaje XML para la tramitación electrónica de las DIPS Courier.

 
DE:   SUBDIRECTOR TECNICO

A :    SRS. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA

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1. Pongo en su conocimiento que a contar del 17 de diciembre del año en curso, las Declaraciones de Ingreso para las DIPS Courier podrán ser tramitadas por vía electrónica.

Para tales efectos, se encuentra disponible en nuestra página Web, "Tramitaciones en Línea", "Manual Tramitaciones Electrónicas", "Definición Mensajería DIPS - Courier", la definición del Servicio Web y los mensajes XML de envío y respuesta de las DIPS Courier. 

 
2.  Para la tramitación de estas declaraciones, se deberá señalar como tipo de operación, los códigos 122 o 123 para las operaciones tramitadas en forma normal o anticipada, respectivamente. Esta codificación se deberá emplear para cualquier DIPS Courier que se tramite a contar de la fecha antes señalada, por lo que las DIPS Courier que se tramiten a través de una VAN también deberán considerar esta codificación.

 
3.  La tramitación de estas declaraciones se deberá efectuar en todo, de conformidad con la normativa actualmente vigente.

Saluda atentamente a ustedes,

 
Ester Vergara Ormazábal
Subdirectora Técnica (S)

EVO/PSS/MRS