Oficio Circular N° 0377

Informar sobre proyecto de interoperabilidad entre Almacenistas y Aduanas y transmisión electrónica del Informe de Faltas y Sobras.

 

MAT:  Informa proyecto de interoperabilidad Almacenistas y Aduanas y transmisión electrónica del Informe de Faltas y Sobras.

 

ANT.:  Oficio N° 14.387 del Subdirector Técnico a Empresas Almacenistas.

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DE:       SUBDIRECTOR TECNICO

 

A :        SRES. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANAS

             SRES. EMPRESAS ALMACENISTAS

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1.  El Servicio Nacional de Aduanas ha elaborado un proyecto de interoperabilidad entre los sistemas computacionales de los Almacenistas y los de Aduana. Este proyecto está orientado al proceso de Ingreso de Mercancías al país.

 

2.  La primera etapa del proyecto se ha centrado en aquellas actividades principales que debe efectuar un Almacenista, como son: la recepción y entrega de la carga, la generación de los informes de faltas y sobras y el de presunción de abandono. Por parte de Aduana, se contempla poner a disposición de los Almacenistas la información de los Manifiestos y de las declaraciones de ingreso asociadas.

 

3.  Con la finalidad de que las empresas almacenistas pudieran conocer el detalle de este proyecto, y efectuar las observaciones y sugerencias pertinentes, se confeccionó un documento denominado “Proyecto de Interoperabilidad para Comunicación Almacenistas – Aduana”, el cual se dejó disponible en la página web de Aduanas en la opción www.aduana.cl -> Tramitaciones en Línea -> Manual de Tramitaciones Electrónicas.

 

4.  Considerando los avances del proyecto, informo a ustedes que los encargados de los recintos de depósito aduanero de todo el país, deberán transmitir por vía electrónica el Informe de Faltas y Sobras correspondiente a los manifiestos de carga de los vehículos cuyo arribo efectivo se registre a contar del lunes 1 de diciembre del año en curso.

 

5.  Para los efectos anteriores, los Almacenistas deberán ingresar a la página web del Servicio Nacional de Aduanas, opción Tramitaciones en Línea, Declaración de Ingreso – Pago Electrónico, Consulta Pago Electrónico - Almacenistas, opción Almacenistas, y seleccionar opción Informe Faltas y Sobras. Dentro de la aplicación se encuentra el manual correspondiente.

 

La transmisión electrónica de estos informes deberá realizarse dentro de los plazos señalados en el numeral 2.6 del Capítulo III del Compendio de Normas Aduaneras.

 

6.  En la aplicación computacional para los almacenistas se dejará disponible la posibilidad de que éstos puedan consultar y bajar información referente a las DIN asociadas a un Manifiesto en particular, como también la posibilidad de consultar por una DIN en específico.

 

7. Las dudas o consultas sobre este sistema se podrán plantear al correo electrónico mesadeayuda@aduana.cl y al teléfono 032-2200800.

 

8.  Cabe hacer presente que el envío electrónico del Informe de Faltas y Sobras no elimina la presentación en formato papel de este Informe de acuerdo a las instrucciones contenidas en el Capítulo III del Compendio de Normas Aduaneras, la cual será comunicada en la debida oportunidad.

 

9.  Conforme a lo anterior, solicito a ustedes coordinar estas instrucciones con los encargados de los recintos de depósito aduanero bajo su jurisdicción.

 

 

Saluda atentamente a ustedes,

 

 

 

 

VICTOR VALENZUELA MILLAN

SUBDIRECTOR TECNICO

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS

 

 

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