Oficio Circular N° 0390
Autoriza confección DIPS Global para importación de sentina.
MAT.: Autoriza confección de DIPS global amparando más de un Boletín de Análisis del mismo consignatario para importación de sentina, hasta por un monto FOB de US$ 1.000,00
ANT.: Oficio N°1069/2009 Aduana de Valparaíso.
DE: DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS
A : SEÑORES DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA
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1.- Mediante Oficio del antecedente, se ha solicitado ante esta Dirección Nacional que se impartan instrucciones respecto a la factibilidad de confeccionar una sola DIPS, que ampare varios Boletines de Análisis, para un mismo consignatario de importación del producto derivado del petróleo, denominado sentina
2.- Respecto a la importación de sentina, se debe tener presente las instrucciones impartidas por el Oficio Circular N° 173 de 06.02.1998 de la Subdirección de Fiscalización, y Oficio Circular N° 186 de 26.02.02 de la Subdirección Técnica
3.- De acuerdo a lo establecido en la letra c) del numeral 12 del Capítulo III del Compendio de Normas Aduaneras pueden ser importadas mediante una DIPS, mercancías cuyo valor FOB no exceda de US$ 1.000,00 facturado para un mismo consignatario.
4.- Consecuente con lo anterior, esta Dirección Nacional ha determinado que para las importaciones de sentina, se podrá confeccionar una DIPS global hasta por un monto FOB US$ 1.000,00, que ampare varios Boletines de Análisis, siempre y cuando estos documentos correspondan a un mismo consignatario.
Saluda atentamente a ustedes,
KARL DIETERT REYES
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS
GFA/EVO/PSS/GMA