Oficio Circular N° 126 - 01.04.2020

OFICIO CIRCULAR Nº 126 / 01.04.2020

Mat:      Interés aplicable a mercancías   depositadas en régimen de Almacén Particular Art. Ord. 109, conforme Ley N° 19.479/96.

Ant.:     D.O. del 21.11.96, ART. 1º Nº 5b), FAX CIRC. Nº E/5784-20.12.96, y antecedentes extraídos el 01 de  Abril de 2020 de la página web del Banco Central de Chile.

Valparaíso,

De :    Subdirectora Técnica

A   :    Sres(as) Directores(as) Regionales y Administradores(as) de Aduana

  1. Conforme a antecedentes extraídos de la página web del Banco Central de Chile del día 01 de Abril de 2020, se informa que de conformidad al Art. Ord. 109, inciso 3º, incorporado por el Art. 1º, Número 5, letra b) de la Ley Nº 19.479 (D.O. 21.11.96), el interés promedio para el mes de Marzo del año 2020 fue de 0,31%, cifra que está sujeta a posibles modificaciones.

  1. En consecuencia, las mercancías que permanezcan en Régimen de Almacén Particular por más de 30 o 45 días, según corresponda, durante el mes de Abril del año 2020, quedarán afectas al interés señalado precedentemente.

 

  1. Por lo tanto, el guarismo diario que corresponde aplicar es el siguiente:

               0,31:31 = 0,010000 (Factor Diario)

 

El factor diario señalado, deberá multiplicarse por la cantidad de días excedidos, consignándose los resultados con tres decimales, el que se multiplicará por el monto total de los derechos e impuestos a pagar.

Ejemplo:

20 días excedidos: 0,010000 x 20 = 0,200% 

Si se considera que el monto de los derechos e impuestos a pagar son US$ 12.500, la operación es la siguiente:

US$ 12.500 x 0,200:100 = US$ 25,00

  1. En consecuencia, el monto a pagar por concepto de interés de acuerdo al ejemplo señalado es de US$ 25,00.-

 

  1. En estos casos se utilizarán las normas sobre aplicación de los decimales.

Saluda atentamente a usted,

 

 

                                                      Gabriela Landeros Herrera

                                                            Subdirectora Técnica   

 SGG/sgg.

 DISTRIBUCION:

 C.C. ANAGENA

 C.C. CAMARA ADUANERA

 C.C. ADUANAS ARICA/P.ARENAS

 C.C. SUBDIRECCION DE INFORMATICA

 01.04.2020