Oficio Circular N° 327 de 02.12.2013

Valparaíso, 02 de Diciembre de 2013

MAT.: Manifiesto marítimo de ingreso. Instrucciones de llenado de B/L.

ANT.: Resolución N° 7591 de 02.10.2012; Oficio Circular N° 131 de 13.05.2013.

 

DE: DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

A: SRS. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA

 

1. Mediante el Oficio Circular N° 131 del 13 de mayo de 2013, se complementaron las instrucciones para la transmisión electrónica de los conocimientos de embarque de ingreso al país, como consecuencia de una evaluación sobre el comportamiento del sistema en que se detectaron algunos vacíos en las instrucciones de llenado de los conocimientos de embarque, lo que debía ser resuelto en el corto plazo.

Considerando lo anterior, se impartieron instrucciones en el sentido que en los recuadros correspondientes a los participantes Embarcador y Consignatario, además de su nombre, se debía señalarla dirección, comuna y teléfono y/o e-mail de cada uno de ellos. Esta  misma instrucción se debía aplicar en los casos en que se hubiere señalado Notify y Notify 2.Asimismo, se estableció que en todos aquellos casos en que el consignatario de la carga fuera un Forwarder, a continuación del nombre, dirección y teléfono y o e-mail se debería señalar la expresión Forwarder y su RUT; que en el recuadro Descripción de Mercancías, se debía señalar la Forma de Pago del Flete y que la descripción de las mercancías debía ser más completa de manera que permitiera deducir el tipo de mercancías que amparaba el B/L.

Considerando la necesidad de contar con esta información lo antes posible, lo anterior operaría aún cuando no hubiere un recuadro específico para consignarla, hasta que se hicieran las modificaciones correspondientes en el sistema computacional incorporando los campos necesarios en el mensaje del B/L.

 

2. Al respecto, informo a ustedes que a contar del 1 de noviembre se encuentra disponible en la página Web del Servicio la nueva versión del conocimiento de Embarque, que contempla recuadros específicos para consignar la información antes señalada. Con respecto al dato Forwarder, no será necesario señalar en el mensaje del B/L que se trata de este tipo de operador, ya que el sistema en forma interna entregará esta información cuando los funcionarios de Aduana realicen consultas al sistema computacional del B/L.

 

3. Se hace presente que en una primera etapa, esto es, hasta que los usuarios puedan modificar sus sistemas computacionales, todos estos nuevos campos tendrán el carácter de opcional, los que serán obligatorios en un plazo de tres meses a contar dela fecha de publicación de este instructivo. Respecto del campo Forma de pago del Flete, el campo continuará siendo opcional para los documentos de transporte asociados a una nave con tipo de servicio tramp, siendo obligatorio para las naves con tipo de servicio liner.

 

Saluda atentamente a ustedes,

 

Rodolfo Álvarez Rapaport

Director Nacional de Aduanas

 

AAL/GFA/MPMR/MRS/PSS

Archivo: B/L, Complementa instrucciones llenado B/L, Octubre 2013