Oficio Circular N° 334 - 12.11.2014
Valparaíso
MAT.: Vigencia de Oficio Circular N° 535, de fecha 07.11.2006, de la Subdirección Técnica
ANT.: Of. Circular N° 535, de 07.11.2006. Resol. N° 4828, de 20.09.2006, del Director Nacional de Aduanas
DE: Subdirectora Técnica
A: Directores Regionales y Administradores de Aduana
Con fecha 07.11.2006, esta Subdirección Técnicadictó el Oficio Circular N°535 el cual informaba una medida de carácter transitoria, para facilitar la exportación de productos hortofrutícolas, esto es, autorizar el ingreso de mercancía a Zona Primaria, con la sola presentación de la Guía de Despacho.
Dicho Oficio, otorgó facilidades hasta fines de Abril de 2007 para el embarque de frutas, mientras los Despachadores y Exportadores coordinaban sus procedimientosen base a lo dispuesto en la Resolución 4828 de 20.09.2006 que regulaba el intercambio electrónico de información.
Por lo anterior, actualmente dicha instrucción no se encuentra vigente, por lo que toda exportación que se tramite respecto de este tipo de productos deberá realizarse en base a las normas generalesque regulanel procedimiento de exportación, es decir, al momento del ingreso a Zona Primaria deberá contar con el DUS(AT) o primer mensaje, tramitado.
Sin otro particular, saluda atentamente a Ud.
Alejandra Arriaza Loeb
Subdirectora Técnica
GFA/GLH/MBZ
Distribución:
CAMARA ADUANERA
ANAGENA
EDITRADE