Oficio Circular N° 334 - 12.11.2014

Valparaíso

MAT.: Vigencia de Oficio Circular N° 535, de fecha 07.11.2006, de la Subdirección Técnica

ANT.: Of. Circular N° 535, de 07.11.2006. Resol. N° 4828, de 20.09.2006, del Director Nacional de Aduanas

 

DE: Subdirectora Técnica

A: Directores Regionales y Administradores de Aduana

        

Con fecha 07.11.2006, esta Subdirección Técnicadictó el Oficio Circular N°535 el cual informaba una medida de carácter transitoria, para facilitar la exportación de productos hortofrutícolas, esto es, autorizar el ingreso de mercancía a Zona Primaria, con la sola presentación de la Guía de Despacho.

Dicho Oficio, otorgó facilidades hasta fines de Abril de 2007 para el embarque de frutas, mientras los Despachadores y Exportadores coordinaban sus procedimientosen base a lo dispuesto en la Resolución 4828 de 20.09.2006 que regulaba el intercambio electrónico de información.

Por lo anterior, actualmente dicha instrucción no se encuentra vigente, por lo que toda exportación que se tramite respecto de este tipo de productos deberá realizarse en base a las normas generalesque regulanel procedimiento de exportación, es decir, al momento del ingreso a Zona Primaria deberá contar con el DUS(AT) o primer mensaje, tramitado.

 

Sin otro particular, saluda atentamente a Ud.

 

Alejandra Arriaza Loeb

Subdirectora Técnica

 

 

GFA/GLH/MBZ

 

Distribución:

CAMARA ADUANERA

ANAGENA

EDITRADE