Resolución 6564 26.10.2016

Resolución Exenta N°6564

 

Valparaíso,  26.10.2016

 

VISTOS:

 

Los artículos 1, 2, 9, 33, 34, 53 y 54, todos de la Ordenanza de Aduanas.

 El artículo 4 N°7 y 8 del DFL N°329, de 1979, del Ministerio de Hacienda, que aprobó la Ley Orgánica de Aduanas.

 El Compendio de Normas Aduaneras, actualizado por la Resolución N° 1300/06, de esta Dirección Nacional, publicado en el Diario Oficial de 17.11.2008.

 

 La Resolución N° 5.394, de 26.09.2014, del Director Nacional de Aduanas, que modificó los numerales 5.4 y 5.5 del Capítulo IV del Compendio de Normas Aduaneras, relacionados con la transmisión electrónica de datos entre la Aduana y los Terminales Portuarios, fijando una nueva mensajería a intercambiar entre ambas partes.

 La Resolución N° 3112 de 25.05.2016, del Director Nacional de Aduanas (T y P) por la cual se fijó el plazo de doce meses a contar de la fecha de su emisión, para la incorporación de los terminales portuarios actualmente interconectados con la Aduana, al nuevo sistema de control de ingreso a zona primaria.

 La Resolución N° 4867 de 12.08.2016, del Director Nacional de Aduanas (T y P) por la cual se fijó un plazo de treinta días como Plan Piloto en la Empresa Portuaria de Valparaíso “EPV”, el nuevo control de ingreso de carga de exportación a zona primaria con integración Aduana – Puerto, a través de la zona de extensión de apoyo logístico (ZEAL).

 La Resolución N° 5671 de 16.09.2016, por la cual se establece, a contar del 17 de Septiembre de 2016, una extensión por 30 días al Plan Piloto del nuevo control de ingreso para carga de exportación a zona primaria con integración Aduana-Puerto en la Empresa Portuaria de Valparaíso "EPV"

 

 

CONSIDERANDO:

 Que, transcurrido el plazo de prórroga del Plan Piloto de Interconexión Aduana-Puerto con la Empresa Portuaria Valparaíso (EPV), se ha realizado un análisis conjunto entre la Dirección Nacional de Aduanas, la Dirección Regional de Valparaíso y la Empresa Portuaria Valparaíso, respecto de nuevas incidencias detectadas y que resulta necesario resolver previo a la entrada en régimen general del proyecto para un óptimo funcionamiento del nuevo control de ingreso a zona primaria.

 

 TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto en el artículo 4°, numerales 7° y 8° del D.F.L. N° 329 de 1979, del Ministerio de Hacienda, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio, y la Resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República sobre la exención del trámite de Toma de Razón, dicto la siguiente:

 

 RESOLUCIÓN:

 PRORROGUESE, a contar del 17 de Octubre de 2016, y hasta el día 25 de Noviembre de 2016, el Plan Piloto del nuevo control de ingreso para carga de exportación a zona primaria con integración Aduana – Puerto en la Empresa Portuaria de Valparaíso “EPV.

 

 ANÓTESE, COMUNÍQUESE, Y PUBLÍQUESE EN EL DIARIO OFICIAL Y EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO.

 

 

 

GERMAN FIBLA ACEVEDO

DIRECTOR NACIONAL (S)

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