Resolución Exenta N° 13048 - 03.12.2013
RESOLUCION EXENTA N° 13048
VALPARAISO, 03 de diciembre de 2013.
VISTOS:
La Resolución N° 1.380, de 30 de abril de 1981, de esta Dirección Nacional, que facultó a los Directores Regionales o Administradores de Aduana para conceder plazos de hasta 60 días en el régimen de almacén particular, para las mercancías consignadas a personas con derecho a franquicias liberatorias incluidas en las Partidas 0004, 0005 y 0007 de Arancel Aduanero y a las dotaciones antárticas que se acogen al artículo 35 de la Ley N° 13.039,
CONSIDERANDO:
Que con posterioridad a la dictación de esta Resolución se han dictado el Compendio de Normas Aduaneras (Resolución N° 2.400 de 01.07.1985) y las normas que actualizaron la Ordenanza de Aduanas (DFL N° 30 de 04.05.2005), disposiciones éstas que han autorizado a los Directores Regionales o Administradores de Aduana para otorgar plazos para la concesión de este régimen suspensivo de derechos, hasta por 90 días.
Que se hace necesario armonizar las instrucciones contenidas en la Resolución N° 1.380 de 30.04.1981 con las disposiciones contenidas en el Compendio de Normas Aduaneras y en la Ordenanza de Aduanas; y
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en la Resolución N° 1.600/2008, de la Contraloría General de la República, sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y en el número 7 del artículo 4° del DFL N° 329 de 1979, sobre Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente
RESOLUCION:
MODIFICASE el numeral 2 de la Resolución N° 1.380, de 30 de abril de 1981, de esta Dirección Nacional, en los siguientes términos:
DONDE DICE: “hasta por un plazo de 60 días”.
DEBE DECIR: “hasta por un plazo de 90 días”.
ANOTESE Y COMUNIQUESE.
RODOLFO ALVAREZ RAPAPORT
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS
AAL/GFA/JLF/jcm.
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